21 feb 2013

Comentarios a la Ley del IORFAN

Santiago Lozano
Saludos cordiales, en la fase de campaña para elección de la nueva JUNTA DIRECTIVA manifesté que esta Ley debería ser revisada cuidadosamente en razón de que su contenido no abarca consideraciones para aprovechar eficientemente todo el personal de afiliados y la inmensa sabiduría que representa su experiencia por el desempeño de cargos importantísimo dentro del estamento militar, la formación profesional y técnica que obtuvieron en institutos de tercer y cuarto nivel por iniciativa propia o al cobijo de la Institución armada, cargos civiles, incluyendo funciones diplomáticas, de docencia y muchas otras actividades.
Sería muy beneficioso plantearse un plan general (una estrategia, para desmitificar el concepto) para esbozar el proyecto: a) Objeto, b) Alcance, c) membrecía, d) Contenido: -derechos, obligaciones, funciones-, etc., e) Disposiciones Finales,-Derogatoria.
El personal de afiliados se podría agrupar en comisiones por oferta personal o invitar a los efectos deseados a quienes por cargos desempeñados o estudios sugiere deben ser llamados.
Podría establecerse un grupo de estudio sobre SEGURIDDAD Y DEFENSA NACIONAL el cual sería de un altísimo beneficio a este campo tan importante para el Estado, garantizando estabilidad a la doctrina establecida, proponiendo modificaciones o correcciones a la existente y sugiriendo nuevas políticas y acciones.
Es indispensable determinar fuentes de financiamiento para garantizar el financiamiento del INSTITUTO (IORFAN) el cual debe tener la categoría de AUTÓNOMO y la estabilidad de las pensiones. En este sentido se han dado algunos pasos de los cuales quedan pocos vestigios como el liceo militarizado (por norma militar); en el pasado se estudiaron los estatutos que rigen la materia en varios países los cuales desarrollan actividades económicas de gran envergadura lo cual contribuye a mantener el valor adquisitivo de la pensión y da soporte para liberar parcialmente de la presión de lo que podría suceder si el Estado colapsa y se ve obligado a restringir las pensiones.
Las materias que requieren procedimientos o deben ser definidas para evitar confusiones o mal interpretación deben ir siendo desarrolladas simultáneamente como sujetos del REGLAMENTO.
Soy testigo de excepción que este Instituto ha estado en la mira para ser eliminado por cumplir funciones de responsabilidad del IPSFA e IACFA (Circulo Militar)
Estas breves ideas pueden servir para ordenar, canalizar o estimular a tantos conocimientos y sabiduría de muchos retirados, afiliados ilustres.
Cordialmente Santiago Lozano