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23 mar 2021

Poliza Complementaria FANB

 






La Póliza Complementaria está especialmente diseñada para el personal Militar (Activo y Retirado) y sus familiares, inscritos en el Convenio FANB, que permite aumentar el monto de la suma asegurada en las coberturas de HCM, Vida, y Servicios Funerarios de su póliza básica. La cobertura es por persona, enfermedad y año póliza.

Personas Asegurables:

  • Titulares: Militar activo y retirado con goce de pensión, sin limite de edad.
  • Cónyuge: Sin límite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Hijos: Solteros hasta los (25) años de edad inclusive, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Padres: Sin limite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Los hijos recién nacidos desde el momento de su nacimiento: siempre y cuando el Asegurado Titular  solicite por escrito su inclusión, dentro de los treinta (30) días siguientes a  la fecha de su nacimiento, con carnet de afiliado al IPFA vigente.
  • Viudas de militar con goce de pensión: Sin limite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.

Requisitos para suscribir la póliza:

  • Llenar la planilla de solicitud de póliza complementaria.
  • Firmar y colocar la huella dactilar  (pulgar derecho).
  • Fotocopia del carnet militar y la Cédula de Identidad del Asegurado Titular.
  • Fotocopia de la cédula de identidad y carnet de afiliación al IPSFA (vigente)  de los familiares a incluir en la póliza .
  • Para los ramos de HCM, Gastos Funerarios y Accidentes Personales deberá marcar con una equis (x) para indicar que se desea disfrutar de dichos beneficios.
  • En los ramos de Vida y Accidentes Personales deberá indicar los beneficiarios y/o familiares  a ser incluidos y la distribución porcentual de la suma asegurada.
  • Indicar la cobertura de maternidad requerida.

Coberturas:

Hospitalización y Cirugía.

Coberturas Opcionales:

  • Maternidad: Titular femenino y esposa (sin incluir viudas).
  • Gastos Funerarios: Titular y familiares.
  • Vida: Sólo para titulares.
  • Accidentes Personales: Sólo titulares.

Nota: 

  • Esta póliza podrá  ser adquirida por el Personal Militar, que se encuentre previamente incluido en la Póliza Básica y su grupo Familiar, previa solicitud.

Para mayor información ingresa a nuestro cotizador online.

11 feb 2020

SEGURO HORIZONTE

 SEGURO HORIZONTE


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

¿Para qué sirve la Constitución y las leyes en esta Tierra de Gracia?… ¡para nada!, ni siquiera el papel en que están impresas puede tener otro uso, aunque sea escatológico, ya que este desgobierno y sus acólitos hacen con ellas lo que les viene en ganas y su uso último es exclusivo de ellos.

¿Para qué sirve la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG)?… ¡para menos que absolutamente nada!, ya que, también, hacen lo que mejor les conviene a sus intereses crematísticos, bien sea laborales o provenientes de las empresas aseguradoras porque ellas están haciendo lo que les viene en ganas también. En ese grupo de empresas está incluida Seguros Horizonte S.A.… la que está “Involucionando la Visión de Seguros” y a la cual la SUDASEG ignora y no controla por ser una empresa del desgobierno, administrada empíricamente por militares profesionales, en situación de actividad la mayoría, que nunca tuvieron una preparación académica para administrar este tipo de empresa… ni cualquier otra.

¿A qué viene lo dicho hasta ahora?

La respuesta es… Seguros Horizonte es una empresa; propiedad del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional (IPSFA) quien posee el 99,263696969696…% de su capital social; que está incluida en nuestra Ley Orgánica de Seguridad Social (LOSSFAN) como la única empresa prestadora de un seguro que cubra hospitalización, cirugía y maternidad, gastos funerarios y una póliza colectiva de vida.”

Pero, ¿qué es lo que está sucediendo desde el primero de enero de este año 2020?… ¡nada más ni nada menos que ningún integrante de la fuerza armada cuenta con ningún tipo de seguro, sea Oficial de cualquier grado, sea Sargento Profesional de cualquier Jerarquía, estén en servicio activo o no, todos sus familiares directos y todos los familiares sobrevivientes!… pero eso sí… a todos y a cada uno le descontaron, en el pasado mes de enero y en este mes de febrero, el 3.315 % de su remuneración básica con destino a esa empresa aseguradora. En el caso de un Coronel o Capitán de Navío, con treinta años (30) de servicio ese descuento representó un monto total igual a CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (Bs. 49.559,25), saque usted esta cuenta: ¿cuántos Coroneles y Capitanes de Navío, en servicio activo o no, existen?, ¿cuántos Generales y Almirantes?, ¿cuántos Oficiales Superiores de otros grados, Oficiales Subalternos, Tropa Profesional, activos o no y cuántos familiares sobrevivientes existen?… ¡a todos les descontaron ese porcentaje de su remuneración básica!… ¿en dónde está, o a dónde fue a parar esa ingente cantidad de dinero?, ¿en manos de quién?, ¿estará en manos de algún muy alto funcionario, o funcionaria, del desgobierno? Si ese dinero ingresó a las arcas de Seguro Horizonte se podría estar frente a un presunto delito de apropiación indebida ¿o no?

Hay más interrogantes:

- ¿Está en bancarrota Seguro Horizonte? Es algo que podría ser ya que su administración ha sido ineficiente y casi ningún centro de salud o funeraria acepta a sus asegurados, ¿razones?... ¡por mala paga!

- ¿Será que sus “administradores”, y por lo tanto cómplices beneficiados, han permitido que sus recursos sirvan a “otros propósitos” ajenos a su actividad aseguradora?

- ¿Será que el ministerio de la defensa no tiene el dinero suficiente para suscribir el respectivo convenio porque tiene que cubrir los costos por la incorporación de la milicia como Quinto Componente de la FANb?

- ¿Será que el ministro de la defensa acudió a la “vengadora”, inserta en el poder Ejecutivo, para solicitar el dinero necesario y la señora, que odia a los militares, se lo negó?… eso se comentó en “los pasillos”.

- ¿Será que triunfó la propuesta según la cual todos los militares profesionales, en servicio activo o no, y los familiares sobrevivientes tienen la obligación de adquirir la írrita pero costosísima póliza complementaria que, con bombos y platillos promociona Seguro Horizonte, pero que tampoco es aceptada en los centros de salud y funerarias?… adicionalmente, ¿cómo pretenden, quienes hayan hecho esa absurda propuesta, que con la miseria de remuneraciones se pueda adquirir una póliza complementaria que no tiene facilidades de pago y cuyo costo excede en demasía el poder adquisitivo de nuestras remuneraciones?

- ¿Será que se va a cumplir el sueño del difunto general (así en minúsculas) AAMR diputado de la anterior asamblea constituyente (así)?

Ahora, ¿de quién es la responsabilidad de que estemos desprotegidos?… nuestra Ley Orgánica de Seguridad Social, vigente, lo señala muy claro en el artículo 4°

De cualquier forma, estamos desprotegidos… mindefensa es incapaz de solucionar el problema y lo más probable es que esté buscando una salida nada favorable si presta oído y obedece a sus jefes cubanos… por otra parte, Seguro Horizonte está desprestigiado y tardará mucho tiempo para que recobre la confianza de múltiples centros de salud y funerarias… los hospitales militares, a pesar del esfuerzo del personal que labora en ellos, no tienen la capacidad ni los insumos necesarios y la situación se agravará con la incorporación de los milicianos y su grupo familiar… la cobertura básica que ofrecen todas las compañías de seguro está regulada y es una suma tan ridícula que no alcanza ni para pagar medio kilo de queso blanco y, en cuanto Seguro Horizonte, la mayor cantidad de cobertura que ofrece es por cien millones de bolívares (Bs. 100.000.000) y eso no cubre ni siquiera el ingreso a una clínica, así que no vale la pena ni una ni otra póliza.

¿Alternativas?

1. Que los abogados militares se pongan de acuerdo y creen un símil del Foro Penal para introducir ante el TSJ demandas, individuales, contra el responsable de nuestra seguridad social, y hacer que ese número crezca exponencialmente todos los días. Seguro que usted dirá que eso no sirve de nada y quizás tenga razón, pero es peor no hacer nada y limitarse a rumiar la arrechera y maldecir, ahora más que nunca, a los que destrozaron y siguen exprimiendo a esta otrora Tierra de Gracia.

2. Sentarse y esperar a que el responsable de nuestra seguridad social le venga en ganas solucionar el problema… ¡y ruegue usted que sea favorable!

3. Tomar una póliza de salud y funeraria con otras empresas de seguro que ofrecen coberturas en dólares, pero tenga en cuenta que las mismas tendrán primas en esa divisa. En este punto es conveniente que tenga en cuenta que son muchas las ofertas y algunas de ellas son leoninas, deficitarias e incluso engañosas. Este asunto ya lo traté hace varios meses, pero no tuvo acogida por aquello de que… eso nunca va a suceder… ¡y ya sucedió!

Aquí le dejo el contacto que podría interesarle e incluso orientarlo:

Armando J. Gámez L
Corredor de Seguros
SUDEASEG No. CS-414
Teléfono 0414.286.6471
armandeus66­@gmail.com

Febrero, 11 de 2020

7 nov 2017

Seguros Horizonte

 

 

Enviado desde mi teléfono con Windows 10

 


De: militaresprofesionalesvenezuela@yahoogroups.com <militaresprofesionalesvenezuela@yahoogroups.com> en nombre de Orlando Botello orlando_botello@yahoo.es [militaresprofesionalesvenezuela] <militaresprofesionalesvenezuela@yahoogroups.com>
Enviado: Tuesday, November 7, 2017 10:27:50 AM
Asunto: [Informador Militar] Increhíble.
 
 
Continúo.
He leído con atención las respuestas, hace varios años me operé ambos ojos y no tuve problema.
Vengo de SEGUROS HORIZONTE, Ciudad Bolívar. Hice la consulta y la respuesta fue: Hay que esperar un año para hacer efectiva la póliza complementaria. ¿Entonces? Cuando podremos gozar la póliza, pienso, si eso es así, IORFAN tiene que pedir una aclaración al Seguro, especialmente por las viudas. Si eso es así, ¿Cómo se llama eso?. El General Prieto Silva es abogado, el CNL Porras es abogado. No es un caso aislado.
IORFAN, los elegimos, agradezco aclaración al respecto.
Orlando Botello F.
TCNL (EJ)
__._,_.___

Enviado por: Orlando Botello <orlando_botello@yahoo.es>
Responder mediante la Web Responder a remitente Responder a grupo Crear un tema nuevo Mensajes con este tema ()
El GRUPO INFORMADOR MILITARES PROFESIONALES DE VENEZUELA es una Asociación Virtual sin fines de lucro, apolítica, integrada por militares profesionales en la honrosa situación de retiro,que utiliza este medio para informar sobre la defensa legal de los derechos y beneficios socio económicos adquiridos por los militares profesionales, sus familiares inmediatos y los pensionados.
Se recomienda leer muy bien las normas que rigen dentro del grupo virtual.

PAGINAS DE ENLACE:
http://www.ipsfa.mil.ve/
http://sesquipedaliahsp.blogspot.com/.
http://ledherman.blogspot.com/
http://iorfanos.blogspot.com/p/pagina-principal.html
http://iorfan.blogspot.com/?m=1




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__,_._,___

24 feb 2016

SEGUROS HORIZONTE

SEGUROS HORIZONTE

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Luego de muchos inconvenientes, relacionados con la conexión por internet, trataré de retomar mi actividad en la red, aunque con muy poco ánimo debido a la gran apatía demostrada por el 99,999 % del personal militar, familiares y familiares sobrevivientes en relación al análisis sobre la Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN, promulgada el pasado 29DIC2015 en la Gaceta Oficial Nº 6.209 Extraordinario.

Los comentarios y charlas sobre esa nueva ley se han limitado, en gran parte de ellas, a destacar sólo los aspectos positivos¡que sí los tiene!, pero obviando los aspectos negativos ¡qué sí existen!, en especial para el militar profesional en servicio activo en los grados subalternos, además de las lagunas que crea su deficiente redacción, así como la legalización de funciones y atribuciones no cónsonas de los responsables y de los prestadores de nuestra seguridad social que a la larga privarán, como hasta ahora ha sucedido, sobre el principal propósito que debe consolidar ésta ley; esas “licencias”les permitirá soslayar sus obligaciones e interpretar la ley según su libre criterio y conveniencias económicas, bien sea para el organismo responsable o, como siempre ha sucedido, las conveniencias personales.

Además ésta nueva ley hace muy costosa nuestra seguridad social al incluir elementos inconstitucionales, y lo más grave, ¡subsidiados por nosotros a través de los descuentos injustificados que nos hacen!

Insisto en lo dicho en otras oportunidades: “esta nueva ley sí es superior a la ley de seguridad social de las FF.AA.NN. – 1995; eso no tiene discusión”, pero tampoco tiene discusión el hecho de que es una ley incompleta, chucuta, mezquina en algunos aspectos y todo porque unos diputados ~gracias a Dios que ya están fuera de la Asamblea Nacional y que ¡más nunca, jamás, volverán!~ decidieron desconocer ocho meses de trabajo de un excelente equipo que trabajó en el proyecto de esa ley en el seno de aquella inútil Comisión Permanente de Defensa y Seguridad.

Sin embargo me ha motivado que dos ciudadanos Oficiales en situación de retiro han solicitado mi intervención para tratar de aclarar algunos aspectos relacionados con nuestra cobertura con Seguros Horizonte.

Constantemente se presentan dudas y conflictos entre los asegurados y esa empresa de seguros; ello tiene su razón de ser en la negligencia demostrada por la empresa aseguradora al no mantener informados a sus asegurados. Parece ser que Seguros Horizonte confunde propaganda con información así como también confunde “imagen corporativa” con Relaciones Institucionales ya que considera suficiente mantener una propaganda a través de vallas luminosas en alguna actividad deportiva o a través de spot publicitarios en algún medio de comunicación audio visual o presencia con su logotipo en algunos medios impresos.

Amén de las dudas y desconocimiento en lo relacionado con el seguro HCM, las mayores controversias y quejas se presentan con la cobertura por servicios funerarios.

Trataré de poner un grano de arena con el propósito de aclarar algunos aspectos.

Nuestro seguro colectivo es tomado, en nuestro nombre, por el ministerio de la defensa quién paga una muy elevada cantidad de dinero por ese seguro; ¿a cuánto asciende y qué cubre esa cantidad?, no se conoce ya que forma parte del Convenio entre el ministerio de la defensa y seguros horizonte, cuyo acceso está limitado a muy pocos entes dentro de la FAN.

Para ilustrar un poco sobre cuáles son las Pólizas que comprende el Convenio mindefensa-horizonte, recurriré al cuadro de pólizas básicas que me amparan como militar profesional en situación de retiro.

En el siguiente cuadro podemos apreciar que poseo tres pólizas básicas según “Convenio FAN”, todas vigentes desde el 01/01/2016 hasta el 31/12/2016:

1. Hospitalización, Cirugía, Maternidad (HCM)

2. Servicios Funerarios.

3. Vida.

En el siguiente cuadro revisemos la póliza de HCM.

De inmediato podemos apreciar que el monto de la cobertura tiene un límite máximo de trescientos cincuenta mil bolívares (Bs. 350.000); ésta cantidad es por diferentes eventos por año-póliza; es decir, si el asegurado presenta un cuadro de apendicitis, contará con hasta Bs. 350.000 para atender ese evento; si en el mismo año tiene un descendiente, también contará con hasta Bs. 350.000 para atender el parto de su cónyuge; si en el mismo año padece otro siniestro de salud, volverá a contar con hasta Bs. 350.000 hasta el agotamiento de la cobertura en ése evento en particular. Para cada evento tendrá una cobertura máxima de hasta Bs. 350.000.

¿Qué sucede cuando se agota esa cobertura básica y el asegurado no puede ser dado de alta por el riesgo que representa para su vida? En este caso entra en vigencia la póliza complementaria si el asegurado la tomó con anterioridad al evento que padece.

¿Y qué pasa si se agota esa póliza complementaria o, como es mi caso particular, el asegurado no ha tomado dicha póliza? Entonces, a solicitud del asegurado o de un familiar inmediato, Seguros Horizonte debe emitir una constancia de agotamiento de póliza y, con esa constancia el familiar debe iniciar los trámites ante el IPSFA para obtener el apoyo del Fondo de Contingencia creado para cubrir esas eventualidades. Pero aquí es cuando comienza Cristo a padecer, pero esto es “harina de otro costal”.

En el mismo cuadro podemos observar que, para un Coronel o Capitán de Navío, la cobertura de la póliza por HCM tiene una Prima anual de ochenta y tres mil trescientos setenta y siete bolívares (Bs. 83.377), lo que equivale a Bs. 6.948,083333 mensual. En seguida surgen las siguientes interrogantes: ¿quién cubre esa prima anual de Bs. 83.377?, ¿mindefensa o el asegurado?, ¿será que mindefensa paga una parte de esos Bs. 83.377 y el asegurado paga otra parte?, ¿cuál es el verdadero costo de la cobertura de nuestra póliza por HCM? En el caso de los Coroneles y Capitanes de Navío, activos o en situación de retiro, pagamos a Seguros Horizonte la cantidad de veintitrés mil cuatrocientos setenta y nueve bolívares con cincuenta y seis céntimos anuales (Bs. 23.479,56), según nuestra planilla de haberes del mes de febrero 2016, cantidad sujeta a incremento ILEGAL si en el transcurso del año de vigencia de la póliza nos incrementan la remuneración.

En total, ¿nuestra cobertura de Bs. 350.000 por la póliza de HCM tiene un costo anual de ciento seis mil ochocientos cincuenta y seis bolívares con cincuenta y seis céntimos (Bs. 106.856,56)?, si eso fuera así estaríamos en la póliza más costosa en el mercado asegurador nacional. Ahora sume usted los descuentos que hacen al resto de los grados militares y a los familiares sobrevivientes. ¿Qué dirá sobre esto la SUDASEG, si es que se atreve a decir algo?

Claro está que todas estas dudas surgen porque Seguros Horizonte no informa y porque mantiene en un absurdo secreto las condiciones del Convenio FAN.

A continuación el cuadro descriptivo de la póliza de HCM

En cuanto a la cobertura por Servicios Funerarios, motivo del presente escrito, tenemos que la póliza que cubre este evento tiene un máximo de ciento veinte mil bolívares (Bs. 120.000), con una prima anual de dos mil seiscientos treinta y ocho bolívares (Bs. 2.638), ¿pagada por mindefensa o incluida en el descuento que nos hace el IPSFA?

Como podrá observar, la cobertura máxima es de hasta Bs. 120.000, pero la falta de información suficiente por parte de Seguros Horizonte ha generado incertidumbre, confusiones, reclamos no justificados y sobre todo un grave malestar de los deudos en el momento de hacer las traumáticas gestiones para el sepelio del familiar, ¿pero acaso eso le preocupará a Seguros Horizonte o a los gerentes que laboran en esa empresa?

Ahora veremos la póliza de cobertura de Vida.

Ésta tampoco escapa de irregularidades; una de ellas, ya denunciada en una reunión sostenida en el cuarto trimestre de 2015 en la sede de esa empresa, es olímpicamente ignorada. Me refiero a la doble indemnización por muerte accidental. La empresa aseguradora sostiene, en letras, que existe la doble indemnización sin embargo, en números, sostiene que esa indemnización es sencilla, ¿en qué quedamos? Así mismo, ésta póliza tiene una prima anual de siete mil trescientos veinticinco bolívares (Bs. 7.325), ¿quién paga esa prima?, ¿mindefensa o el asegurado?

Las aclaratorias que pueda hacer Seguros Horizonte no corresponde ser dirigidas a mi persona si no a la totalidad de los asegurados.

Por último:

La Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN entró en vigencia el pasado 29 de diciembre de 2016, por lo tanto los servicios y beneficios socioeconómicos acordados en ese instrumento legal deben ser prestados a partir del primero de enero de 2016 lo que significa que el ministerio de la defensa tiene una deuda, en el ámbito dinerario, que debe honrar desde el mes de enero 2016 y febrero del mismo año, y marzo si es que en ese mes no cumple con lo dispuesto en esa ley, muy especialmente con el pago del 100 % de la pensión al familiar directo sobreviviente al militar profesional fallecido.

Ojo con el IPSFA, ya existen opiniones para soslayar esa obligación con los sobrevivientes alegando que eso equivale a una supuesta “retroactividad de la ley” y ello es falso porque la misma ley no hace ninguna excepción y en el caso de que sí lo haga, estaría incurriendo en una discriminación y por lo tanto exponiéndose a una nueva demanda ante los tribunales competentes.

Febrero 23 de 2016

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25 ene 2016

Seguros Horizonte Jornadas de Salud a Nivel Nacional

seghorinueva

Caracas, 22 de Enero del 2016

SH-GSCS-GGRP-21/ 060/2016

Ciudadano

CORONEL TOMAS MONTES DE OCA

PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE OFICIALES RETIRADOS DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL

IORFAN.

Presente-.

Tengo el honor de dirigirme a usted, en la oportunidad de hacerle llegar un cordial saludo Respetuoso, Bolivariano, Socialista, Antiimperialista y Chavista en nombre del personal militar y civil quienes laboramos en esta Empresa y a la vez, hacer de su conocimiento muy respetuosamente que durante el primer semestre del 2016 se tiene previsto la realización de Jornadas Informativas y de Salud Preventiva, para todo del Personal Militar y Civil adscrito a las Regiones Estratégicas de Defensa Integral incluidas las ZODI que las integran según la distribución Geográfica, donde se incluye también al Personal en la respetuosa condición de RESERVA ACTIVA que hace vida en estas localidades y la cual consta de los siguientes estudios:

ü Evaluación Medica ( Peso Talla)

ü Detección de Hipertensión Arterial Sistémica

ü Exámenes de Laboratorios( Hematología, Triglicéridos y Colesterol), por lo que se requiere ayuna de doce 12) horas

ü Despistaje de Osteoporosis

ü Despistaje de C.A Prostático (Antígeno Prostático para Hombres mayores de 40 años)

ü Evaluación Oftalmológica

Cronograma de las Jornadas en las REDI

FECHA

REDI

ZODI o ESTADO

Del 01 al 03 de Febrero 2016

REDI Los Llanos

Apure, Portuguesa, Barinas, Guárico y Cojedes

Del 29 de Febrero al 03 de Marzo 2016

REDI Oriental

Sucre, Anzoátegui y Monagas

Del 28 al 31 de Marzo 2016

REDI Guayana

Bolivar, Delta Amacuro y Amazonas

Del 25 al 28 de Abril 2016

REDI Occidental

Lara, Zulia, Falcón y Yaracuy

Del 16 al 19 de Mayo 2016

REDI Insular

Nueva Esparta

La presente, tiene la finalidad de que por intermedio respetuosamente se pueda poner al tanto de estas actividades a todo el personal afiliado a ese Instituto bajo digna dirección, para que puedan aprovechar esta oportunidad de recibir una atención médica especializada sin costo alguno y cuyo único requisito será la presentación de la Identificación que lo acredita como digno integrante de la RESERVA ACTIVA.

De igual manera me permito indicar que en la medida que se vallan concertando los Centros Médicos (AMP) o instalaciones Militares donde se efectuaran las Jornadas se les estará remitiendo la Dirección Oportunamente.

Remisión que hago a usted, para su conocimiento y demás fines, quedando a sus gratas órdenes.

Atentamente;

Cnel. Edgardo J. Martinez v.

Gerente GENERAL del Ramo de personas

"Chávez Vive la Patria Sigue"

“Independencia y Patria Socialista..... ¡Viviremos y Venceremos!”

MV/AB/ir/gh.

25 abr 2015

Póliza Complementaria FANB

shori

Póliza Complementaria FANB

La Póliza Complementaria está especialmente diseñada para el personal Militar (Activo y Retirado) y sus familiares, inscritos en el Convenio FANB, que permite aumentar el monto de la suma asegurada en las coberturas de HCM, Vida, y Servicios Funerarios de su póliza básica. La cobertura es por año póliza.

Personas Asegurables:

  • Titulares: Militar activo y retirado pensionado, sin limite de edad, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos.
  • Cónyuge: Sin límite de edad, con carné de afiliado al IPSFA vigente.
  • Hijos: Solteros hasta los (25) años de edad, siempre y cuando dependan económicamente del Asegurado Titular y presentar el carné de afiliado al IPSFA vigente.
  • Padres: Sin limite de edad, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos, con carné de afiliado al IPSFA vigente.
  • Los hijos recién nacidos desde el momento de su nacimiento: siempre y cuando el Asegurado Titular  solicite por escrito su inclusión, dentro de los treinta (30) días siguientes a  la fecha de su nacimiento.
  • Viudas de militar con goce de pensión: Sin limite de edad, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos y carné de afiliado al IPSFA vigente.

Requisitos para suscribir la póliza:

  • Llenar la planilla de solicitud de póliza complementaria.
  • Firmar y colocar la huella dactilar  (pulgar derecho).
  • Fotocopia del carné militar y de la Cédula de Identidad y del Asegurado Titular.
  • Fotocopia de la cédula de identidad y carné de afiliación al IPSFA (vigente)  de los familiares a incluir en la póliza .
  • Para los ramos de HCM, Gastos Funerarios y Accidentes Personales deberá marcar con una equis (x) para indicar que se desea disfrutar de dichos beneficios.
  • En los ramos de Vida y Accidentes Personales deberá indicar los beneficiarios y/o familiares  a ser incluidos y la distribución porcentual de la suma asegurada.
  • Indicar la cobertura de maternidad requerida (hasta 15.000 aplica).

Coberturas:

Hospitalización y Cirugía, desde Bs. 20.000 hasta Bs. 200.000,  de suma asegurada.

Coberturas Opcionales:

  • Maternidad: titular femenino y esposa (sin incluir viudas) desde Bs. 5.000,00 hasta 15.000,00 de suma asegurada.
  • Gastos Funerarios: (titular y familiares) desde Bs. 3.000 hasta Bs. 15.000 de suma asegurada.
  • Vida: (sólo para titulares) desde Bs. 3.000 hasta 15.000 de suma asegurada.
  • Accidentes Personales: (sólo titulares) desde Bs. 10.000 hasta 30.000 de suma asegurada
  • Vida: (sólo para titulares) desde Bs. 3.000 hasta 15.000 de suma asegurada.
  • Accidentes Personales: (sólo titulares) desde Bs. 10.000 hasta 30.000 de suma asegurada.

21 abr 2015

Seguros Horizonte Pólizas Complementarias Aumentos de Montos

iorfanZul

INFORMACIÒN

Saludos estimados compañeros en Situación de Retiro, recibí la siguiente información de Seguros Horizonte, S.A., la cual, comparto con ustedes.

Cnel Tomàs Montes de Oca Lugo.

Vocal Aviaciòn JD IORFAN

  Tengo el agrado de dirigirme a usted en la oportunidad de expresarle un cordial saludo,

Y a su vez se les informa que todas las solicitudes que se reciban de Pólizas Nuevas (EMISIONES DE COMPLEMENTARIAS), a partir del 16/04/2015 y hasta el día 25/05/2015,

Serán emitidas SIN PLAZOS DE ESPERA.

En este sentido, se configuraron 7 Planes para Emisiones.

  • Bs. 50.000,00
  • Bs. 100.000,00
  • Bs. 150.000,00
  • Bs. 200.000,00
  • Bs. 250.000,00
  • Bs. 300.000,00
  • Bs. 350.000,00

Así mismo, se les informa que el resto de las Coberturas Opcionales, solo se

Comercializara el monto máximo establecido en la Política Interna de la Empresa.

  • Maternidad Bs. 15.000,00
  • Vida Bs. 15.000,00
  • Accidentes Personales Bs. 30.000,00
  • Gastos Funerarios Bs. 15.000,00

Sin más a que referirme, quedando a su orden, se despide.

Cordialmente,

Lic. Rosa Quintero .

SEGUROS HORIZONTE S.A.

Teléfono Master: (0212) 905.11.48 ext. 1148.

E-mail: rosa.quintero@seguroshorizonte.com

  Revolucionando la Visión del Seguro

8 feb 2015

Problemática servicio funerario de las FAN. @SegHorizonte

Blog  La Protesta Militar
Problemática servicio funerario de las FAN. @SegHorizonte

7 de febrero de 2015, 23:26

Problemática servicio funerario de las FAN.

Buenas noches mi Coronel, recurro a usted a fin de que a través de su blog denuncie la situación que estamos padeciendo los integrantes de la Fuerza Armada Venezolana en relacion a la póliza de servicio funerario de Seguros Horizonte. El hecho es que para efectos de cumplir con los servicios funerarios Horizonte subcontrata a proveedores especializados en la materia, y hasta el año pasado ese proveedor era la empresa VIDAMED CONSULTORES.

Muchos problemas hubo con VIDAMED ya que teniendo el Asegurado una cobertura básica de 25.000 Bs más 15.000 Bs. en la póliza complementaria, o sea un total de 40.000 Bs para gastos funerarios; reconocian montos inferiores no acordes con lo ofrecido en la póliza. Y es a raíz de todos estos inconvenientes que Horizonte ahora tiene un nuevo proveedor llamado FIDELASISTEN; pero resulta que la empresa VIDAMED dejó deudas en gran número de funerarias a nivel nacional y ahora los propietarios de las Funerarias están reclamando las deudas a los Asegurados ( Lease Militares y Empleados Civiles activos y retirados ). Al presentar las quejas a Seguros Horizonte la respuesta fue que ya ellos le pagaron todo a VIDAMED y no tienen nada que ver con las deudas. Que las funerarias demanden a VIDAMED. Pero los que pagan "los platos rotos" de Seguros Horizonte y VIDAMED son los asegurados, porque las Funerarias no quieren prestar sus servicios a quienes tengan pólizas con Seguros Horizonte.
Y las preguntas que nos hacemos son: Por qué Seguros Horizonte no obliga a VIDAMED a pagar las deudas contraidas con las Funerarias? Por qué Seguros Horizonte "se desentiende del paquete" si nosotros pagamos la prima de seguro es a Seguros Horizonte y no sabemos nada sobre los convenios que realiza con reaseguradoras y proveedores? Por qué tienen que asumir pérdidas las funerarias a consecuencia del mal manejo financiero de VIDAMED? Por qué Seguros Horizonte afirma que las Funerarias deben demandar a VIDAMET, en lugar de que Seguros Horizonte demande a su ex-proveedor de servicios funerarios por no asumir cabalmente sus compromisos, y con más razón si ya le pagó una buena cantidad de dinero.?

Allí le dejo eso Mi Coronel...gracias en nombre de quienes no podemos expresarnos libremente.
REMISIÓN: (Omitido)

IMAGEN: Pagina oficial de Seguros Horizonte
TWITTER: Twitter Oficial de Seguros Horizonte, primera aseguradora del Estado venezolano. ¡Estamos para ofrecer el mejor servicio! Seguros Horizonte @SegHorizonte
ADICIONAL: En el blog LEDHERMAN del Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández se encuentran publicados tres artículos relacionados con las Polizas de Servicios Funerarios de Seguros Horizonte

    26 dic 2014

    IORFAN-Seguros Horizonte Oficina de Atención

    Cnel Tomás Montes de Oca Lugo

    Vocal Aviación JD IORFAN

    ATENCIÓN DILIGENTE


    Muy buenas noches estimados compañeros en Situación de Retiro ( No Retirados ). Una vez mas, Feliz Navidad. La presente obedece a informarles que se estan recibiendo respuestas oportunas de la Empresa Seguros Horizonte,una vez mas, gracias a la diligente atención y actuación de nuestro Enlace IORFAN --- Seguros Horizonte, la Señora Licenciada Raquel de Sanchez, en el caso de patologia presentada por el GB Miguel Aparicio quien se encuentra en el exterior ( EEUU ) y requirio de servicios de seguros, en ese País. Su atención fue inmediata y es por ello que hago público testimonio la actividad social solidaria de nuestra compañera Lic. Raquel de Sanchez. Son innumerables casos en los cuales su participación nos ofrece respuestas inmediatas y confiables. Los IORFANOS estamos muy agradecidos. Otra vez: Feliz Navidad para todos.


    5 ago 2014

    SEGUROS HORIZONTE Máquina de producir billetes POLIZA UNICA DE SALUD

    SEGUROS HORIZONTE

    Máquina de producir billetes

    POLIZA UNICA DE SALUD

    Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

    Respetuosamente sugiero no leer este escrito, no pierda su tiempo. Al final nada sucederá y nadie hará nada por mejorar la situación que aquí expongo, porque se repetirá la historia sobre:

    1. Pago de las pensiones de los militares profesionales EN SITUACIÓN DE RETIRO y familiares sobrevivientes que residen en el exterior quienes no reciben su pensión desde el mes de enero del presente año, excepto unos supuestos “privilegiados” (muy pocos) que presuntamente reciben su pensión a través de una ‘casi indetectable’ “oficina o departamento de nómina del exterior” aparentemente ubicada en el IPSFA. Pero, no se preocupe ni lo tome al pie de la letra, eso es imposible, como también es imposible que a un mismo oficial activo le asignen dos carros en el lapso de una semana, porque en ese Instituto, ni en ninguna otra dependencia militar o civil en esta Tierra de Gracia, existen privilegios o discriminaciones.El que sostenga “eso” es un calumniador que intenta destruir la prosperidad, el avance y la sobreproducción que felizmente gozamos gracias a… ¡LA UTOPÍA PERFECTA!

    2. Pago de la Prima de Profesionalización. ¡Olvídelo! ¡Para la administración militar usted no es profesional! ¿Y a quién le importa que piensen así?

    3. Pago del Beneficio de Alimentación, como corresponde: en las mismas condiciones y oportunidad en que se hace dicho pago a los militares profesionales en servicio activo y no ese “invento inventado” que llaman “Retribución Especial”. Todos sabemos que ‘retribución’ es Recompensa o pago de algo (DRAE); ¿recompensa por cual razón?; ¿pago de qué? ¿Por qué es‘especial’ esa ‘retribución’?; sabemos que ‘especial’ es algo Singular o particular, que se diferencia de lo común o general. Muy adecuado o propio para algún efecto. Que está destinado a un fin concreto y esporádico (DRAE). Adicional a lo dicho, esta “retribución especial” también les corresponde a los militares profesionales en servicio activo, por reciprocidad, conforme a lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN., vigente. ¿No es válido? ¿Por qué no?; si las pensiones se ajustan en razón directa cada vez que se produzcan aumentos en las remuneraciones de los activos, con inclusión de los bonos que perciban, ¿por qué la remuneración de los activos no pueden ajustarse en función a los bonos que perciban aquellos que estén en EN SITUACIÓN DE RETIRO?

    4. Pago del Bono Recreacional que se debe pagar en las mismas condiciones y oportunidad en la que es pagado el bono vacacional de los militares profesionales en servicio activo, especificando en el instrumento correspondiente la equivalencia entre ambos beneficios.

    5.- Pago correcto y exacto del Bono de Fin de Año.

    6. Pago del Bono Escolar para aquellos militares profesionales EN SITUACIÓN DE RETIRO y familiares sobrevivientes que aún tienen hijos en edad escolar o estudios de pregrado, según lo señala la Directiva de Remuneraciones vigente. ¿Acaso los que están en servicio activo no mueren y dejan hijos en edad escolar?

    7. Pago del Bono de juguetes por la misma razón expuesta en el punto anterior.

    8. Derecho de acrecer, tanto tiempo solicitado para corregir una injusticia y una discriminación. Lo curioso es que ese DERECHO está reconocido en la famosa, pero aparentemente utópica e irrealizable, “Gran Misión Negro Primero” que contempla su pago “…antes de finalizar el año 2013…”, pero ni el ‘senescal´sub comandante ‘galáctico’ ni su representante (¿o representanta?) en la administración del área que corresponde se han ocupado de cumplir con lo que dice esa “Gran misión”.

    9. SISA, ¿Usted conoce cómo funciona y para qué sirve esta “cosa” llamada SISA?, ¿cuándo ha recibido un “estado de cuenta” que le indique cuánto tiene ahorrado y cuál es el interés que devengan sus ahorros?; a usted le descuentan, religiosamente, apenas le depositan su pensión, pero ese descuento se hace efectivo en los siguientes diez o quince días posteriores, cuando muy temprano, ¿eso por qué?; además, ¿quién diantre es el Gerente del SISA o el presidente de la Junta Administradora del IPSFA para decidir cuánto debe usted “ahorrar” mensualmente, tal y como hicieron en el mes de julio cuando, sin consulta, decidieron incrementar la cuota de ahorro de los obligados ahorristas.

    10. Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN, ¿para qué una ley de seguridad social? ¡Para eso tenemos esa inderogable, efectiva y de fiel cumplimiento “Gran Misión Negro Primero”, panacea con la cual se solucionarán todos nuestros problemas de Seguridad Social, tanto los presentes como los futuros. Bueno… ¡vayan buscando una silla bien cómoda y suave para que esperen sentados!

    Pero… ¡claro!… todo lo anterior son “privilegios” que no corresponden a usted y por lo tanto carece de importancia su reclamo y no vale la pena reclamarlos ni luchar por ellos.

    ¡¡Vaya!! ¿No me hizo caso y usted llegó hasta aquí?; ¿va a continuar? Bueno, es su voluntad…Pero le repito que pierde su valioso tiempo porque lo que sigue tampoco tiene importancia y es tan banal como lo ya expuesto desde el principio.

    Vamos, someramente, con el asunto de la póliza única de salud.

    El 16 de diciembre de 2013 la Superintendencia de la Actividad Aseguradora hizo pública, en la Gaceta Oficial número 40.316, la Providencia Nº FSAA- 003856 de fecha 18 NOV 2013 sobre las “Condiciones Generales y Particulares, el Anexo de Maternidad y la Tarifa de la Póliza de Seguro de Salud Individual”, con carácter general y uniforme, de obligatorio cumplimiento por todas las empresas dedicadas al ramo de los seguros, a partir de los ciento ochenta (180) días continuos siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República, incluyendo a Seguros Horizonte S.A.

    Esa providencia contempla algunos “ajustes” en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza que es conveniente que usted conozca, especialmente porque usted está asegurado a través de una empresa aseguradora militarizada y que en ocasiones hace lo que su mentalidad militar le parece lo más conveniente, sin importar si usted está de acuerdo o no, o si a usted le conviene o no.

    La providencia también regulariza e iguala las coberturas, para todas las empresas, desde Bs. 20.000 hasta un máximo de Bs. 150.000; las edades cubiertas desde 00 hasta 99 años; las primas mensuales a pagar dependerán de la edad del asegurado y el deducible que ese asegurado esté dispuesto a pagar y que puede variar desde Bs. 0 hasta Bs. 30.000

    En la Disposición Segunda establece que: La presente póliza tiene la condición de cobertura básica y sólo podrán comercializarse coberturas de excesos por montos superiores a la suma asegurada máxima establecida en la presente Providencia, previa aprobación de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora. Esto significa un adiós a la póliza complementaria inferior a Bs. 150.000.

    La parte final de la Disposición Sexta resulta interesante para aquellos profesionales militares que pasen a la SITUACIÓN DE RETIRO antes del tiempo mínimo exigido para estar amparados por la Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN., vigente. En esta disposición se establece que: […] garantizando que los asegurados tendrán derecho a la emisión de una póliza de seguro de salud individual al egresar del colectivo, siempre que efectúe su requerimiento dentro de los treinta (30) días continuos del egreso, en la misma empresa de seguros, con la misma suma asegurada, sin perder su antigüedad como asegurado, previo pago de la prima correspondiente. […]

    Pero más interesante es lo que dice la Disposición Séptima y que dudo que Horizonte y el ‘tomador’ de nuestra póliza colectiva, entiéndase MINDEFENSA, vayan a cumplir… y si lo hacen será para beneficio propio y no para quienes estamos asegurados.

    Esa disposición séptima dice:

    Aprobar con carácter general y uniforme la tabla de descuentos máxima a aplicar, de acuerdo al número de asegurados titulares, para la modalidad de seguro colectivo, en los términos que se trascriben a continuación:

    Esto significa que,si a la administración militar le da la gana, debería aplicar ese descuento del 25 % a la prima mensual que INCORRECTA Y ARBITRARIAMENTE nos descuenta el IPSFA, aunque la responsabilidad no es total de ese Instituto. ¿Pero qué cree usted?, ¿la Almirante en Jefe ordenará que ese descuento se aplique a nosotros, los comunes mortales, o se aplique a la cuota que paga ese ministerio a Horizonte?… ¡Yo no creo en tanta bondad!…¡¡Es que aún han sido incapaces de corregir la irregularidad de cómo calculan la prima mensual que debemos pagar por concepto de seguro!!… ¿En dónde la Superintendencia de la Actividad Aseguradora estableció que las primas se pagarán en función a un porcentaje del sueldo básico?

    ¿Apostaría usted a que la Almirante en Jefe sí se atreverá a tomar la siguiente decisión y ordenar al IPSFA y a Horizonte S.A., empresa de la FAN, lo siguiente?:

    1. Incrementen la cobertura básica hasta Bs. 150.000.

    2. Calculen, para cada renovación, la edad promedio de los asegurados sin distinción de situación de servicio y la de los familiares sobrevivientes con derechos adquiridos.

    3. Apliquen la Prima, sin deducible, correspondiente a ese promedio de edad.

    4. Aplique al asegurado el descuento del 25 % a la prima así obtenida.

    En caso de que se aceptara lo antes propuesto, la situación sería ésta:

    Algunos podrán decir: “pero voy a pagar más”, y tendrán razón… pero la cobertura básica será de Bs. 150.000 ¡tres veces más!

    ¡Ah!, de paso, usted no requiere una póliza complementaria muy elevada porque usted cuenta con un FONDO DE CONTINGENCIA, válido inclusive para quienes residen en el exterior según redacción de la Directiva ministerial y la Directiva del IPSFA. Este Fondo es administrado por el IPSFA y le ayudará a solventar problemas relacionados con la salud, tanto del militar como de sus familiares e inclusive los sobrevivientes si éstos lo reclaman.

    Lo de la Fábrica de billetes lo dejaré para otra oportunidad, por los momentos solo haré estas preguntas:

    1. ¿Cuánto valen las acciones de Seguros Horizonte S.A.?, ¿conservan su mismo valor de Bs. 1.273,00 (Bs.F 1,273) según la Transcripción Íntegra del Documento Constitutivo, aprobada en Asamblea Extraordinaria Nº78 de fecha 2709:30 OCT 1999?

    2. ¿A cuánto asciende el beneficio por utilidades equivalente al 1 % para los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva? Estos miembros principales son cuatro (04) vocales y los suplentes son cinco (05) vocales, contándose entre los principales al presidente de la Junta Administradora del IPSFA… ¡na’guará, sin mover un dedo ni ocuparse por mejorar las condiciones de la cobertura!… ¡ah!, al presidente ejecutivo de esa empresa le corresponde, a él solito, el 1 % de las utilidades líquidas.

    3. En cuanto a los dividendos es un misterio el cómo los determina esa Junta Directiva ya que ella es quién decide su distribución, “…previa aprobación de la Asamblea de Accionistas”, ¿y quién es el accionista mayor con un 99,2636969696…% del capital social?… ¡el IPSFA!… ¿y quién representa al IPSFA en esa Asamblea de Accionistas? Los dividendos que corresponden al IPSFA ¿ingresan a ese Instituto, a cuál ‘Fondo’ son destinados esos dividendos? ¿Ahora, es comprensible la oscuridad que existe dentro de esa empresa aseguradora y del mismo IPSFA?

    ¡¿Pero usted llegó hasta aquí?!……¡de verdad que usted tiene resistencia o mucho tiempo libre o estaba un poco aburrido y decidió aumentar su aburrimiento!……de cualquier forma, fue su decisión.

    ¡Convénzase!, nada de lo aquí expuesto tendrá respuesta, ni solución, no servirá de nada por la sencilla razón de que a nadie, absolutamente a nadie, sin excepción alguna, le importa o interesa lo que aquí expongo.

    Fue una pérdida de tiempo para usted y para mí; pero por mi parte seguiré insistiendo mientras tenga fuerzas y no me alcance al ‘inglés’ o el ‘alemán’ o hasta que “alguien”decida ‘poner el cascabel al gato’,pero aun así reiniciaré la lucha porque cuándo tomen los correctivos necesarios, ellos ya serán obsoletos y será necesario hacer nuevos ajustes y correcciones.

    Dejo unas tablas publicadas por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

    Salud y felicidad.

    Agosto, 05 de 2014

    20 jul 2014

    SOBRE SEGUROS HORIZONTE

    SOBRE SEGUROS HORIZONTE

    Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

    Hasta hace unos meses trabajó en Seguros Horizonte S.A. un ciudadano General de Brigada, en SITUACIÓN DE RETIRO, del ejército, que se desempeñó como Gerente de Operaciones de esa empresa.

    La labor de ese Oficial General permitió penetrar en las entrañas de ese monstruo que es Horizonte S.A., siempre cerrado, oscuro y poderosa máquina de producir billetes para repartir, jugosamente, entre:

    - el presidente de esa empresa;

    - el principal accionista, entendiéndose como tal al presidente de la Junta Administradora del IPSFA y no éste Instituto quién es el verdadero propietario de más del 99 % de las acciones de Horizonte;

    - los ‘gerentes’ de la empresa aseguradora que, en su gran mayoría, son ‘rojos’;

    - otras ‘autoridades’; y

    - los desconocidos accionistas minoritarios.

    Desafortunadamente ese Oficial General tuvo que renunciar a su cargo y Horizonte regresó a su condición de claustro cuasi monástico ¡muy favorable para esa empresa, en especial para quienes allí laboran, pero nada beneficioso para los asegurados!; sumado a esto tenemos que la ciudadana Almirante en Jefe reemplazó al presidente de esa Sociedad Anónima y colocó en ese cargo a un desconocido, especialmente por su trayectoria en el ramo de seguros.

    La Almirante en Jefe hizo con Horizonte lo mismo que hizo con el IPSFA: designar para esos cargos a individuos que tienen el cuartel ‘enterrado’ en su cerebro y creen que toda dependencia militar, instituto o empresa adscrita al Mindefensa ¡es un cuartel y por lo tanto debe ser ‘comandado’ y administrado como tal!

    ¿Cuál es la consecuencia de esa ‘mala costumbre’?

    He aquí la muestra que nos deja un ciudadano Oficial en SITUACIÓN DE RETIRO, que pasó por una situación desagradable expuesta a continuación:

    ---------- Mensaje reenviado ----------

    De: José Marsicobetre

    Fecha: 20 de julio de 2014, 14:24

    Para:

    Apreciados compañeros y amigos:

    Con el mayor afecto, me permito enviarles esta comunicación, que tiene por objeto relatar dos pequeñas, pero importantes situaciones que me tocaron vivir el día viernes 18 de julio, en ocasión de ir a la sede de Horizonte en El Rosal, para tramitar la elaboración de una carta aval.

    En efecto, luego de recibir el ticket de estacionamiento y de estacionar mi carro en el sótano 7, donde me indicaron, me tocó subir caminando hasta PB, porque los ascensores no funcionan,....pero esto es secundario, hasta para los que somos "envejecientes" y tenemos problemas cardíacos, con recomendaciones clínicas de evitar las subidas.

    Al llegar a PB, medio extraviado por ser un edificio nuevo, una joven, muy amablemente me preguntó en que me podía ayudar.....gracias, joven......en indicarme dónde puedo solicitar una carta aval, le respondí.……¿a qué colectivo pertenece?, me preguntó......entonces le dije de inmediato: yo no pertenezco a ningún colectivo......como si mi respuesta no le convenciera, me dijo de nuevo: ...pero, usted tiene que pertenecer a algún colectivo...--esta vez, mirándola fijamente, le volví a responder: señorita, le acabo de decir que yo no pertenezco a ningún colectivo.....además, con una cara que denotaba que estaba a punto de molestarme seriamente. La joven entonces, me cambió la pregunta, y me dijo: bueno, ¿en dónde trabaja usted?.....le respondí: yo no trabajo, porque soy un oficial pensionado........-- ah!!... Usted es del colectivo fuerza armada. Ya mucho más molesto, pero sin escándalo alguno, le dije, ante la mirada de otros de sus compañeros y algunos camaradas que se acercaban: señorita, por si no me escuchó, se lo digo de nuevo, yo no pertenezco a ningún colectivo, sí pertenezco a la fuerza armada, como oficial en situación de retiro. ---Es que nosotros llamamos a todas las personas a las que prestamos servicios, como miembros de algún colectivo, así hacen las compañías de seguros, añadió, como para salirse triunfante de la suerte. No vacilé en, de nuevo, responderle: …falso, señorita, a usted la han adoctrinado para que diga eso, y hacernos sentir que pertenecemos a eso que llaman "colectivos", como una forma sutil de inducción socialista. Déjeme decirle, porque usted es muy joven, que hasta hace poco, la pregunta era, ¿a qué compañía o institución usted pertenece? ¿Se da cuenta? Esta vez, nada me dijo, y me señaló un salón a mi lado izquierdo, a donde me dirigí de inmediato.

    Capítulo 2

    Luego de ser atendido amablemente por la persona que recibió mi solicitud de carta aval, fui a buscar mi carro, y me detuve brevemente para pagar en el escritorio-taquilla al efecto. Luego de efectuado el pago, se me acerca un vigilante, y me dice: por favor, ¿me puede abrir la maleta?.... ¿quééé!!!!?, fue mi respuesta...que por favor me abra la maleta…me dijo de nuevo. En este punto me bajé del carro, y le dije: mire, amigo, usted está terriblemente equivocado, yo no le abro ninguna maleta.......son órdenes superiores, me respondió....de inmediato le contesté: ....podrán ser órdenes de quien sea, el imbécil que dio esa orden, no tiene idea de donde está parado....es una orden arbitraria e inconstitucional. Dígaselo a quien deba decirlo. .....no es mi culpa, yo sólo recibo órdenes, me dijo, bajando el tono, a casi susurro.......en eso, se acerca otro vigilante, que presumo superior al anterior, y me pregunta: … ¿usted es oficial?....le respondí: eso no tiene importancia, yo soy un ciudadano como cualquier otro que, sí, en una ocasión fui oficial activo de la fuerza armada, pero eso no me da derechos. Déjenme explicarles: seguros horizonte, es una compañía, de hecho es una sociedad anónima,....por eso, al final de su nombre, tiene las letras S.A., dándoles una breve explicación. Por tanto, todos sus actos, se rigen por el código de comercio, aun cuando tenga cientos de oficiales en su nómina. Ordenar abrir la maleta de un carro es tan igual como abrir la puerta de su casa, es violentar la propiedad privada. Por eso quien dio esa orden, es un imbécil. Sólo se puede hacer en casos de estado de excepción, porque toda persona se presume inocente. Tengan eso presente, les dije finalmente, y nos despedimos, quedándose absortos, los dos vigilantes, como mirando al horizonte.

    No es pertinente agregar algo más. Las conclusiones son evidentes.

    ¡Sí señor, usted saca sus conclusiones! Yo he expuesto las mías al inicio de este escrito.

    Julio, 20 de 2014