27 abr 2022

Revisión Aspectos Juridicos de Prevision Social IORFAN 2022

I.- MESAS DE TRABAJO E INTEGRANTES.

1. Mesa de Trabajo No 01.
#. VA. Antonio Pérez Crióllo.
#. Cnel EJ.Carlos Martín Peñaloza Barrientos.
#. Tcnel GN.Francisco Antonio Arciniegas Chacón.
#. S/S GN Omar Peñaloza.

2. Mesa de Trabajo No 02.
#. GD. GN Enrique Prieto Silva.
#. Cnel EJ. Rafael D'Lacoste Parra.
#. Cnel GN Rigoberto Hernández Armas.
#. Dra. Tibisay Bethancourt.

3. Mesa de Trabajo No 03.
#. GB AV. Eduardo Caldera Gómez.
#. CN Carlos Alberto Rodríguez Bartoli.
#. CF. Juan Campodónico.
#. 1er Tte. GN. José Francisco Rondón.

4. Mesa de Trabajo No 04.
#. CA Walter Becerra Contreras
#. CN José Rafael Pinto.
#. CC. Guillermo Leal Alfaro.
#. SM/S GN. Héctor Darío Rojas.

II.- Base Legal.
#. Constitución Nacional de 1999.
#. Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana " Ley Negro Primero " ( LOSSFANB 2015) .
#. Convenio Colectivo Marco Socialista de Trabajo de la Administración Pública Nacional. G.O Extraordinario No 6.268 del 26 Oct2016.
#. Directiva Ministerial No 50-23-01-01/001-2017 " Remuneraciónes y Beneficios Socioeconómicos del Personal Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Caracas, 01 de enero de 2017.

III.- Temas Fundamentales Examinados.
#. Conceptos de SALARIO sobre la base del Art. 133 de la LOTT, Sentencia de la Sala Social del TSJ No 209 del 18Nov 1998 y Directiva Ministerial de 01Enero 2017.
#. Prima de Profesionalización.
#. Prima por Años de Servicio ( Antigüedad )
#. Programa de Alimentación.
#. Bono Vacacional- Bono Recreacional.
#. Bonificación de Fin de Año.
#. Explicación y desglose de las Planillas de Liquidación de Haberes ( NETOS) de ENERO- MARZO y ABRIL de 2022.
#. Violación Derechos Socioeconómicos - Derechos Adquiridos.
#. Inseguridad Jurídica.
#. Principio de Retroactividad de la Ley.
#. Ignorancia del Derecho.

IV.- CONCLUSIONES GENERALES.

1. Desconocimiento y desinformación de las Escalas Salariales de la ONAPRE y del MPPD.
2. Irrespeto a los conceptos de SALARIOS, establecidos en los artículos 2, 89 y 91 de la  CRBV; artículos 103 y 111 de la LOTT y del criterio jurídico establecido por la Sala Social del TSJ.
3. Violación de Derechos Adquiridos y del Principio de Progresividad que le imposibilita al Estado: delimitar, conculcar, quitar, disminuir, eliminar o reducir derechos existentes en el ordenamiento jurídico anterior.
4. Se constató que en la Planilla de Liquidación de Haberes del mes de abril 2022 (NETO), existe una reducción de 50% a 35% en la Prima de Profesionalización y de 60 % a 30% en la  Prima de Antigüedad o Años de Servicio  . Se modifica el Factor de Conversión establecido en la Directiva Ministerial sobre Remuneraciones y Beneficios Socioeconómicos del 01enero 2017 ( vigente ).
5. Desaparece el Bono por concepto de Complemento Especial de Protección y Estabilidad Económica, acción contraria al criterio jurisprudencial que expresa: " ...toda remuneración percibida en forma periódica y permanente es salario " ( Sentencia No 112 del 16 de marzo de 2015. Sala Social del TSJ ).
6. El IPSFA no cumple con lo establecido en el Artículo 39 de la LOSSFANB 2015 referido a la HOMOLOGACIÓN DE LA PENSION, al NO ajustar nuestras pensiones cada vez que se produzca un aumento en las remuneraciones, primas, bonos y demás beneficios socioeconómicos.
7. Que el IORFAN debe revisar y constatar si los Militares que se encuentran procesados y condenados tienen suspendidos sus salarios y demás beneficios socioeconómicos que les establecen las leyes.

V.- PUNTO ÚNICO.
Se acordó y estableció de manera unánime en las mesas de trabajo, que debe esperarse en nuevo aumento de salario anunciado para el 1ro de Mayo y la publicación oficial por parte del MPPD de la Tabla Salarial, para proceder a redactar las comunicaciones tanto al Rector de la Seguridad Social que es el Ministro y al Presidente del IPSFA como ente ejecutor de las políticas sociales establecidas en la LOSSFANB.
Caracas, 27 de abril de 2022.

La Junta Directiva del IORFAN.

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21 abr 2022

Las veinte razones

LEDHERMAN
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
 
LAS VEINTE
...más una
 
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
 
Las veinte
 
Cada una de ellas tienen un contenido extenso por lo que me limitaré a su enunciación. Si por alguna razón, por lo menos diez (10) militares profesionales o sobrevivientes estuvieren interesados en el contenido complementario, entonces y solo entonces, los ampliaré ya que eso llevará bastante espacio y mucho tiempo para su lectura; además ya todos ellos, con anterioridad, han sido objeto, de mi parte, de algún escrito explicativo y la realidad es que casi no interesa lo que sucede con nuestra seguridad social y el por qué está sucediendo lo que sucede con ella. La sensación es que solo interesa saber cuando van a depositar y cuánto depositan sin importar que el monto depositado sea el que corresponde en la realidad.
 
Veamos cuales son estas veinte razones:
 
1. Nuestra seguridad social no está limitada a las remuneraciones.
2. La profesión militar está secuestrada.
3. Los órganos del Estado son ineficientes.
4. Los tribunales están secuestrados, incluyendo la "justicia militar".
5. La seguridad social de la FAN está "anarquizada".
6. Nuestra seguridad social nunca ha sido objeto de un estudio serio.
7. Ha sido administrada, y es administrada, por personas sin conocimientos básicos sobre seguridad y bienestar social aplicada a las características particulares de una Fuerza Armada.
8. El sistema integral de seguridad social para la Fuerza Armada no se ajusta a lo que es una Fuerza Armada.
9. Enchinchorramiento.
10. Desconfianza en las propuestas alternativas.
11. Dependencia absoluta del Estado.
12. Estado intervencionista.
13. El Estado nunca se ha ocupado, realmente, por la seguridad y bienestar social de sus Fuerzas Armadas y eso, hoy en día es más patético.
14. Depauperación continua del IPSFA que lo está llevando a su liquidación o a una, aún más, drástica reducción.
15. Colectivización, por parte del poder ejecutivo, de la seguridad social de la FAN.
16. Dependencia absoluta de un poder opresor, despótico, personalista.
17. La inexistencia de un perfil de carrera militar.
18. Sordera, indiferencia del Ejecutivo y del Alto Mando para dar respuestas oportunas a los problemas, solicitudes y situaciones que se le plantean.
19. Desconocimiento casi total, de todos los militares profesionales, activos o no, así como los sobrevivientes, de los derechos y beneficios sociales que les otorgan las leyes y acuerdos internacionales relacionados con los derechos humanos.
20. No creo en la efectividad del IORFAN.
 
...y una más
 
Ella está referida al documento intitulado "AGENDA DE TRABAJO Nº 03–21/04/2022 INCREMENTO SALARIAL IMPACTO - EN EL SISTEMA DE PENSIONES".
Apliquemos una muy antigua técnica militar; aprendida durante nuestra fantástica y hermosa etapa como Cadetes; que se denomina "Apreciación de situación".
 
1. PROBLEMA: Deterioro de las remuneraciones del personal militar profesional y sobrevivientes.
2. SITUACIÓN ACTUAL
a. El Ejecutivo decretó, unilateralmente, un incremento del salario mínimo y de las remuneraciones para los empleados públicos, con vigencia desde el 15 de marzo de 2022.
b. La consolidación de ese incremento demostró que, para concretar el mismo, se violaron los derechos adquiridos.
c. La denominada "Administración Militar" no ha publicado las planillas de haberes que le ordena la LOTTT.
d. El IORFAN decidió organizar cuatro mesas de trabajo para analizar ése "INCREMENTO SALARIAL IMPACTO - EN EL SISTEMA DE PENSIONES".
 
3. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
a. El aumento de las remuneraciones para los empleados públicos, incluyendo a los militares profesionales, así como indirectamente a sus sobrevivientes, encubre una violación descarada de todos los principios, acuerdos e instrumentos jurídicos garantizados por ellos y por los derechos humanos.
b. Ha sido costumbre, reiterada, de la "Administración Militar" excluir a los integrantes de la fuerza armada de los derechos y beneficios socioeconómicos que contempla la LOTTT, con las limitaciones que en ella se señalan.
c. El IORFAN no definió correctamente el objeto o propósito de esas cuatro mesas de trabajo ya que, con solo su título, lo encamina a responsabilizar el deterioro de nuestra seguridad social únicamente al Producto Interno Bruto (PIB) al especificar en su exposición de "Bienvenida", cito: "En efecto, el impacto del Producto Interno Bruto - PIB, lo que provocó un deterioro del Sistema de la Seguridad Social", fin de la cita, sin detenerse o proponerse determinar por qué se ha "deteriorado" el PIB, lo que puede llevar a conclusiones erróneas, así como retrotraernos a épocas y circunstancias pretéritas, cuando el Ejecutivo Nacional disminuyó el 10 % de las remuneraciones de los empleados públicos.
d. La agenda de trabajo para las cuatro mesas de trabajo sólo contiene información emitida por órganos del Estado responsables del procedimiento empleado para el cálculo del aumento en las remuneraciones, así como una documentación supuestamente extraída de alguna publicación de la OTAN que contiene alguna información correcta como lo son las equivalencias de grados y jerarquías, más los guarismos usados para calcular las remuneraciones son dudosos y, en el caso de que ellos sean ciertos, los mismos se corresponden a las remuneraciones de las fuerzas armadas de esa organización integrada por países desarrollados, con una realidad económica y política muy diferente a la existente en nuestro país.
e. Es más que evidente que el ente de adscripción ignora al instituto adscrito; basta con el hecho de que aún no ha designado al presidente del mismo, por lo que actualmente está administrado por un oficial superior "encargado", desconociéndose, a ciencia cierta, como es la administración de ese instituto, así como las responsabilidades administrativas relacionadas con el presupuesto asignado por su órgano de adscripción
 
4. CONCLUSIONES
a. El Ejecutivo Nacional viola los derechos socioeconómicos adquiridos y los disfraza con un aumento salarial írrito o, si se quiere, un aumento salarial pírrico.
b. En la agenda de trabajo para las cuatro mesas no se contempla el análisis sobre cómo nuestras remuneraciones y otros beneficios sociales han venido siendo deteriorados, conculcados, en especial estos últimos veinte (20) años, bajo la excusa de que los militares somos unos privilegiados tal y como lo dijo el anterior jefe del Ejecutivo Nacional.
c. Es conducta reiterada del Ejecutivo Nacional y de la "Administración Militar", ignorar y no dar respuestas a las solicitudes y planteamientos que se le hagan
 
5. FORMAS DE ACCIÓN
a. Reorientar la finalidad o propósitos de las mesas de trabajo.
 
6. RECOMENDACIONES
a. Determinar, fehacientemente, cuáles fueron las violaciones de nuestros derechos y exponerlos adecuadamente, pero sin cortapisas.
b. Estar dispuestos y organizarse para llevar adelante la mejor opción ante la justicia y cumplir, estrictamente, con el proceso establecido por el ordenamiento jurídico.
c. Al no obtener respuestas satisfactorias jurisdiccionales del país, se deberá estar dispuestos a acudir a los órganos internacionales.
d. Para todo lo anterior y la imposibilidad del IORFAN para proceder ante los tribunales, considerar la creación, o activación, o la autorización para que alguna organización ya existente, represente los intereses de todo, absolutamente todo, el personal militar profesional y familiares sobrevivientes para llevar a cabo las acciones necesarias ante los órganos de justicia internacionales. De no hacer esto último será totalmente inútil el trabajo que realicen esas cuatro mesas de trabajo. Está más que sobre entendido que cualquier acción judicial que se realice requerirá de apoyo financiero de parte de los afectados; este apoyo deberá ser cuantificado según la capacidad económica de los interesados y además se deberá contar con un importante porcentaje, a determinar, de militares profesionales y sobrevivientes interesados y de esta forma minimizar la realidad indiscutible de que muchos no contribuirán porque están convencidos de que cualquier beneficio que se alcance también le corresponderá a ellos y sin que le cueste ningún esfuerzo ni mucho menos una erogación.
e. En el caso de que se desee llevar la última parte del párrafo anterior, se deberá crear una comisión auditora conformada por todas las categorías de oficiales, sargentos profesionales y sobrevivientes.
Abril, 20 de 2022

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