23 mar 2021

Poliza Complementaria FANB

 






La Póliza Complementaria está especialmente diseñada para el personal Militar (Activo y Retirado) y sus familiares, inscritos en el Convenio FANB, que permite aumentar el monto de la suma asegurada en las coberturas de HCM, Vida, y Servicios Funerarios de su póliza básica. La cobertura es por persona, enfermedad y año póliza.

Personas Asegurables:

  • Titulares: Militar activo y retirado con goce de pensión, sin limite de edad.
  • Cónyuge: Sin límite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Hijos: Solteros hasta los (25) años de edad inclusive, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Padres: Sin limite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Los hijos recién nacidos desde el momento de su nacimiento: siempre y cuando el Asegurado Titular  solicite por escrito su inclusión, dentro de los treinta (30) días siguientes a  la fecha de su nacimiento, con carnet de afiliado al IPFA vigente.
  • Viudas de militar con goce de pensión: Sin limite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.

Requisitos para suscribir la póliza:

  • Llenar la planilla de solicitud de póliza complementaria.
  • Firmar y colocar la huella dactilar  (pulgar derecho).
  • Fotocopia del carnet militar y la Cédula de Identidad del Asegurado Titular.
  • Fotocopia de la cédula de identidad y carnet de afiliación al IPSFA (vigente)  de los familiares a incluir en la póliza .
  • Para los ramos de HCM, Gastos Funerarios y Accidentes Personales deberá marcar con una equis (x) para indicar que se desea disfrutar de dichos beneficios.
  • En los ramos de Vida y Accidentes Personales deberá indicar los beneficiarios y/o familiares  a ser incluidos y la distribución porcentual de la suma asegurada.
  • Indicar la cobertura de maternidad requerida.

Coberturas:

Hospitalización y Cirugía.

Coberturas Opcionales:

  • Maternidad: Titular femenino y esposa (sin incluir viudas).
  • Gastos Funerarios: Titular y familiares.
  • Vida: Sólo para titulares.
  • Accidentes Personales: Sólo titulares.

Nota: 

  • Esta póliza podrá  ser adquirida por el Personal Militar, que se encuentre previamente incluido en la Póliza Básica y su grupo Familiar, previa solicitud.

Para mayor información ingresa a nuestro cotizador online.

10 mar 2021

IPSFA MARCO JURIDICO

 

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Gaceta Oficial N° 6.209 de fecha 29DIC2015.
  • Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Gaceta Oficial N° 35.752 de Fecha 13JUL1995.
  • Estatuto Orgánico del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Nacional.
  • Directiva General MPPD-OPP-DIRPLA-2013/13-05/003 «Remuneraciones y Beneficios Socioeconómicos del Personal Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
  • Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras. Gaceta Oficial N° 40.920 de fecha 07JUN2016.
  • Reglamento Parcial de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacional Relativo al Pago de la Asignación por Antigüedad y Fallecimiento al Personal Militar Profesional de la Fuerza Armada Nacional.

IPSFA ¿Preguntas Frecuentes?

 ¿CUÁNTO TENGO COLOCADO EN FIDEICOMISO? 

A través de la página del Banco Venezuela, se puede consultar el monto colocado en su fideicomiso, también puede dirigirse a la Gerencia de Bienestar y Seguridad Social del IPSFA o llamar a los números de teléfono (0212)-693.80.12, (0212)-609.24.08, (0212)-609.23.87.

Pasos Para Conocer Cuánto Tienes Colocado en Fideicomiso ¿CUÁNTO ME CORRESPONDE SÍ SOLICITO UN ADELANTO?

Por adelanto de su asignación de antigüedad le corresponde hasta un máximo del 60% de su asignación y si ya ha solicitado anteriormente algún adelanto, se le restara del 60% el total de los adelantos anteriores.

Pasos para conocer cuánto te corresponde Si solicitas un adelanto

Envía un mensaje de texto al 2324 con la palabra ipsfa f2 #cedula del afiliado. Una vez que usted haya enviado este mensaje con los datos que se le pide usted recibirá un mensaje con los datos que se nombran a continuación:

  • Datos del Militar (Cédula, Grado, Nombre y Apellido).
  • Asignación de Antigüedad.
  • Capital Disponible en Banco.
  • Anticipos Otorgados.
  • Disponible para Solicitar un Adelanto.

¿CUÁNTO ME CORRESPONDE SÍ PASO A RETIRO?

El monto de su pensión de retiro depende del tiempo de servicio que haya acumulado durante su vida militar y de los conceptos que componen su sueldo normal (como militar activo) durante el mes de su pase a retiro, según la siguiente tabla:

  • 15 años de servicio cumplidos                           60%
  • 16 años de servicio cumplidos                           63%
  • 17 años de servicio cumplidos                           66%
  • 18 años de servicio cumplidos                           69%
  • 19 años de servicio cumplidos                           72%
  • 20 años de servicio cumplidos                           75%
  • 21 años de servicio cumplidos                           80%
  • 22 años de servicio cumplidos                           84%
  • 23 años de servicio cumplidos                           88%
  • 24 años de servicio cumplidos                           92%
  • 25 a 29 años de servicio cumplidos                   99%
  • 30 años de servicio o más cumplidos              100%

Los conceptos del sueldo normal como militar activo que inciden en el cálculo de la pensión de retiro son: Sueldo Básico, Prima de Transporte, Prima de Descendencia, Prima de Profesionalización, Prima No Ascenso, Prima Especial.

¿PORQUE NO COBRE MI PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE?

    Estas pensiones son paralizadas por varias razones:

  • Si él o la sobreviviente no han presentado su fe de vida, durante el mes inmediatamente anterior al del aniversario de fallecimiento del militar fallecido que genera la pensión.
  • Si él o la Sobreviviente no han procedido a la renovación de su carnet de afiliado.
  • Si por cualquier razón la cuenta bancaria receptora de la pensión se encuentra en estado de inactividad o bloqueada por la entidad bancaria.

¿QUÉ SIGNIFICA EL 11,5% QUE EL IPSFA ME DESCUENTA DE MI SUELDO?

  • 6,5% del 11,5%: Fondo Integral de la Salud.
  • 5% del 11,5%: Pensiones.

¿COMO ESTÁ DISTRIBUIDO ESE 6,5% DEL FONDO INTEGRAL DE LA SALUD?

  • 51% del 6,5%: Póliza Seguros Horizontes 1.
  • 5% del 6,5%: Hospitales Militares.
  • 34% del 6,5%: IPSFA. «Para cubrir los siguientes gastos: Servicio Médico, Ambulatorio, Consultas, Rayos X, Laboratorios y Reembolsos.

¿COMO ESTA DISTRIBUIDO ESE 15% DE HOSPITALES MILITARES?

  • 85% del 15%: Se destina para materiales médicos y de laboratorio; Rayos X, medicinas hospitalarias e Insumos para Hospitales, Pabellón y Ambulatorios Militares.
  • 15% del 15%: Fondo de emergencia para cubrir la emergencia de los Hospitales Militares.

IPSFA Tratamiento Prolongado

Este programa está diseñado para la entrega del Kit de medicamentos a los pacientes con tratamientos de por vida, existen una red de farmacias a nivel nacional en las cuales dichos pacientes serán atendidos para la entrega de las mismas.

RECAUDOS A CONSIGNAR PARA LA SOLICITUD DE TRATAMIENTO PROLONGADO

  • Informe médico sellado y avalado por una red sanitaria militar si viene de clínica privada, en el mismo debe venir reflejado el nombre del medicamento y su dosificación.
  • Fe de vida (Familiar con derecho) emitida por un ente militar o por el IPSFA, no debe tener enmendadura, ni tachaduras.
  • Sello húmedo del médico tratante y su firma.
  • Original y copia del informe médico, valido por un año.
  • Fotocopia de la Cedula de Identidad vigente del paciente (Familiar con derecho) y del militar.
  • Consignar el informe médico un mes antes de vencer.

Proceso:

  • Deben consignar dichos requisitos en las taquillas ubicada en la gerencia de bienestar y seguridad social del IPSFA.
  • En el interior del país deben consignar los requisitos en cualquiera de las sucursales del IPSFA.
  • Los afiliados personal militar, reserva activa y familiares con derecho, deben dirigirse a la cadena de franquicias locatel actualmente 66 farmacias a nivel nacional y 33 farmacias en la gran caracas, a fin de retirar los medicamentos del tratamiento prolongado, y los P.E.M a nivel nacional podrán entregar los faltantes de locatel solo si el afiliado presenta copia del informe médico que entrego al convenio «IPSFA-locatel», La factura de haber retirado medicamentos por dicha cadena de farmacia, copia de cedula y carnet vigente.

IPSFA Pensión de Sobreviviente

 Este beneficio será otorgado a los familiares directos del militar que haya fallecido.

Requisitos Comunes

  • Acta de defunción original.
  • Copia de la cédula de identidad y carnet del militar.

En Caso de Conyugue:

La esposa(o) deberá consignar ante la Gerencia de Bienestar y Seguridad Social los siguientes recaudos:

  • Acta de matrimonio (original y vigente)
  • Partida de nacimiento original y vigente (en caso de no estar afiliado por el IPSFA o no tener carnet)
  • Copia de la cédula de identidad.
  • Acta de defunción.
  • Declaración de Heredero Universal. (Solo si fallece en actos del servicio.)

En Caso de Hijos Mayores de Edad (18 – 26 años):

Los hijos que se encuentran en esta situación luego de fallecido su progenitor deberá consignar ante la Gerencia de Bienestar y Seguridad Social los siguientes recaudos.

  • Copia de la Cédula de Identidad.
  • Copia del Carnet Vigente.
  • Constancia de estudios Universitarios (original y vigente).
  • Notas certificadas (originales y vigentes).
  • Carta de soltería (original y vigente).
  • Acta de defunción.
  • Declaración de Heredero Universal.(Solo si muere en actos del servicio.)

En Caso de Hijos Menores de Edad (0 – 17 años):

Los hijos que se encuentran en esta situación luego de fallecido su progenitor deberá consignar ante la Gerencia de Bienestar y Seguridad Social a través de su representante legal los siguientes recaudos.

  • Autorización del tribunal de menores dirigida al I.P.S.F.A., donde especifique el destino de los beneficios por concepto de pensión y otras asignaciones (Original o copia certificada por el tribunal).
  • De no estar afiliado algún (os) del (os) hijo (s), deberá solicitar la afiliación post mortem. (Con Acta de Nacimiento en original o copia certificada.

Hijos Incapacitados:

  • Copia del carnet
  • Cédula de identidad
  • Informe Médico con las cuatro (04) firmas del Hospital Militar que refleje el tipo de incapacidad (Total o permanente)

Dependiendo del tipo de incapacidad Juicio de Interdicción original y debidamente registrado.

Pensión para los Padres (Casos):

  • Copia del carnet y de la cédula de identidad.
  • Cuenta bancaria y si no está afiliada deben presentar las partidas de nacimientos original de los padres y del militar copia (a partir del 29 de Diciembre de 2015, contemplado en la Ley Negro Primero.)

IPSFA Tratamiento Convencional

 Este programa está diseñado para la entrega de medicamentos a los pacientes con tratamientos por patologías temporales, deberá solicitar los medicamentos en los PEM (puntos de entrega) que se encuentran distribuidos a nivel nacional, ubicados en los hospitales militares, navales y unidades militares designadas.

RECAUDOS A CONSIGNAR PARA LA SOLICITUD DE TRATAMIENTO CONVENCIONAL:

  • Récipes azules o blancos emitidos por una red Sanitaria Militar, el cual deben venir firmados y sellados por el especialista.
  • Copias de la cédula de identidad y carnet del afiliado y paciente.
  • Los récipes expedidos en clínicas privadas, deben estar avalados por cualquier red sanitaria militar.

IPSFA Reembolsos por Gastos Medicos y Servicios Funerarios

 REEMBOLSO

Destinado a cubrir los gastos efectuados (cancelados) por atención médica recibida en algún centro médico asistencial fuera de la Red Sanitaria Militar.
          
Documentos a consignar::

  • Carta de exposición de motivo dirigida al ciudadano (a) Presidente (a) de la Junta Administradora del IPSFA.
  • Copia de la Cédula de Identidad y Carnet legible del afiliado y del familiar con derecho. El carnet del beneficiario debe estar vigente.
  • Factura original que cumpla con la providencia administrativa del SENIAT vigente.
  • Copia de la libreta de ahorro, cheque anulado o certificación bancaria del afiliado titular.
  • Constancia de agotamiento o rechazo de Seguros Horizonte según sea el caso.
  •           
    Consultas:

    • La factura deberá presentar sello húmedo del especialista tratante o del centro de salud según sea el caso.
    • Las Facturas por consulta de control deberán estar avaladas por un informe médico del especialista firmado y con sello húmedo del mismo.

    Exámenes de Laboratorio, Rx, y Exámenes Especiales.

    • Informe médico y orden médica, donde se indique los exámenes a realizar, la misma debe constar con el sello húmedo y firma del especialista tratante.

    Ortopedia:

    • Informe médico debidamente firmado y sellado por el especialista (traumatólogo, Ortopedista o fisiatra).

    Tratamiento Psicopedagógico y Fisiatría (equinoterapia, delfinoterapia, cámara hiperbarica).

    • Informe médico firmado y sellado por el especialista que lo refiera, así como del profesional que realiza el tratamiento médico.
    • Constancia de agotamiento o de rechazo de Seguros Horizonte, en caso de Fisiatría.

    Lentes:

    • Informe médico y Orden médica donde especifique la formula, sellada y firmada por el especialista (medico oftalmólogo).

    Alojamiento Psiquiátrico y Geriátrico:

    • Constancia de fe de vida expedida por el IPSFA y a través de dependencias militares, del interior del país debidamente firmada y sellada por el Jefe de la Unidad.  La misma tendrá una vigencia de seis (06) meses.
    • Informe médico sellado y firmada por el especialista con una vigencia de seis (06) meses.
    • Constancia de residencia con una vigencia de seis (06) meses.

    Complemento por Hospitalización, cirugía y maternidad (HCM).

    • Factura original la misma debe cumplir con la providencia administrativa del SENIAT vigente, con el sello de indemnización de Seguros Horizonte u otro seguro del cual goce el beneficiario, la misma tendrá una vigencia de seis ( 06) meses, en caso de que el monto reconocido por Seguros Horizonte sea mayor al 50% del monto total, el afiliado deberá presentar copia certificada de la factura por Seguros Horizonte.
    • Finiquito de Seguros Horizonte u otra Compañía aseguradora.
    • Constancia de agotamiento de cobertura.
    • Recibo o relación de pago por la diferencia no cubierta por la compañía aseguradora.
    • Informe médico debidamente firmado y sellado por el especialista, el mismo tendrá una vigencia de seis (06) meses.

    Tratamiento de Quimioterapia, Radioterapias, Renales u otras enfermedades de alto riesgo.

    • Informe médico sellado y firmado por el especialista que indique el tratamiento a seguir (Oncólogo, Internista), el mismo tendrá una vigencia de (06) meses.
    • Constancia de Seguros Horizonte, certificando monto amparado o en otro caso, si agoto la cobertura de la póliza.

    Material médico:

    • Informe médico debidamente firmado y sellado por el especialista, donde indique condiciones del paciente por las que amerita el tipo de material, el mismo tendrá una vigencia de seis (06) meses.

    Servicios Funerarios:

    • Carta dirigida al Presidente (a) de la Junta Administradora del IPSFA.
    • Acta de Defunción.
    • Factura original.
    • Carta de Participación de Seguros Horizonte u otra compañía aseguradora.

    IPSFA Pensión de Reserva Activa

     La pensión de reserva activa es el derecho del militar profesional con goce de pensión a recibir una prestación económica mensual permanente por sus servicios prestados a la República. La situación a la que pasarán los Oficiales y Tropa Profesional, que dejen de prestar servicio en las Fuerzas Armada Nacional, motivado a las causas siguientes:

    • Tiempo de Servicio cumplido.
    • Límite de tiempo en el grado de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.
    • Límite de edad.
    • Propia solicitud.
    • Límite de tiempo en situación de disponibilidad.
    • Invalidez absoluta y permanente.
    • Medida Disciplinaria.
    • Sentencia condenatoria definitivamente firme que acarree pena de presidio.
    • Falta de idoneidad y capacidad profesional, entre otros.
    DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA TRAMITACIÓN DE PASE A RESERVA ACTIVA CON DERECHO A PENSIÓN:

    • Oficio del Componente.
    • Hoja de Cambio de Situación remitiendo el expediente.
    • Copia cédula y carnet militar.
    • Resuelto de ingreso autenticado por el Componente.
    • Resuelto de último ascenso autenticado por el Componente.
    • Resuelto de pase a la Reserva Activa, autenticado por el Componente.
    • Resuelto tiempo de servicio reconocido autenticado por el componente (en caso de ser necesario).
    • Cuenta Bancaria UNIPERSONAL.
    • Última planilla de pago autenticado por el componente.
    • Declaración Jurada de Patrimonio Posterior a la Baja.
    • Hoja de Ruta que el Profesional deberá llenar y hacer firmar para su solvencia en el IPSFA.

    ¿CUÁLES SON LAS PRIMAS QUE POR LEY CORRESPONDEN A LOS PENSIONADOS?.

    • Primas comunes que son tomadas para el cálculo de la pensión a partir de los 15 años.
    • Prima por Hijos.
    • Prima de Antigüedad.
    • Prima por Profesionalización.

    ¿CUÁNTO VOY A QUEDAR COBRANDO DE PENSIÓN DE RESERVA ACTIVA?

    El monto de su pensión depende del tiempo de servicio que haya acumulado durante su vida militar y de los factores que se suman a su sueldo normal (como militar activo) durante el mes de su pase a retiro, según la siguiente tabla:

    LSSFFAAN 1995/1999

    • 15 años de servicio cumplidos 60%
    • 16 años de servicio cumplidos 63%
    • 17 años de servicio cumplidos 66%
    • 18 años de servicio cumplidos 69%
    • 19 años de servicio cumplidos 72%
    • 20 años de servicio cumplidos 75%
    • 21 años de servicio cumplidos 80%
    • 22 años de servicio cumplidos 84%
    • 23 años de servicio cumplidos 88%
    • 24 años de servicio cumplidos 92%
    • 25 a 29 años de servicio cumplidos 99%
    • 30 años de servicio o más cumplidos 100%

    LEY NEGRO PRIMERO (29 DE DICIEMBRE DE 2015).

    • 15 años de servicio activo 50%
    • 16 años de servicio activo 52%
    • 17 años de servicio activo 54%
    • 18 años de servicio activo 56%
    • 19 años de servicio activo 59%
    • 20 años de servicio activo 61%
    • 21 años de servicio activo 64%
    • 22 años de servicio activo 67%
    • 23 años de servicio activo 72%
    • 24 años de servicio activo 76%
    • 25 años de servicio activo 80%
    • 26 años de servicio activo 84%
    • 27 años de servicio activo 89%
    • 28 años de servicio activo 94%
    • 29 años de servicio activo 99%
    • 30 y más años de servicio activo 100%
    Los factores que se suman al sueldo normal como militar activo que inciden en el cálculo de la pensión de reserva activa son:

    • Sueldo Básico.
    • Prima Por Hijos.
    • Prima por Profesionalización.
    • Prima de Antigüedad.