7 oct 2003

Los desmanes de la Guardia Nacional de Venezuela

Los desmanes de la Guardia Nacional de Venezuela

Enrique Prieto Silva
Martes, 7 de octubre de 2003

He servido de vocero de la Alianza Militar por Venezuela, para dirigir un mensaje de preocupación institucional a los oficiales y a la tropa del Componente militar Guardia nacional, en virtud de los recientes desalojos, donde se han cometido desmanes impropios de una institución que prestigiosamente ha mantenido el honor como divisa.

La conducta y la actitud de los mando de esta Fuerza en los últimos tiempos, esta degradando el espíritu institucional logrado y mantenido por la Guardia Nacional en casi siete décadas, que le ha permitido encumbrarla como una de las instituciones necesaria para dar vigencia a los principios de la solidaridad social y del bien común como bases que conducen al establecimiento del Estado social y democrático de Derecho.

La actuación de la Guardia Nacional y otros entes de la Fuerza Armada, en el desalojo de áreas, unas invadidas ilegalmente y otras, contra familias que usufructúan su vivienda por una relación laboral no concluida. Es un abuso del poderoso Estado, que no ha cumplido con la imposición legal de resolver el contrato de trabajo que originó la posesión de las viviendas.

La saña gubernamental es indescriptible, aplicada por jueces políticos, que olvidan la cátedra universitaria: "el derecho es impuesto por el Estado para garantizar a los individuos y a la comunidad el logro de sus fines". Estos fines son el beneficio del desarrollo humano para una calidad de vida digna. Es la configuración del Estado de Justicia.

Es preocupante en esta polarización política, la parcialización asumida por algunos comandantes militares, que con desviada e intencional acción han puesto la fuerza bajo su mando al libre arbitrio de personeros del régimen, desviando la función de la Fuerza Armada, como institución "organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación" mediante la defensa militar" y, en todo caso, „al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna."

Estos comandantes, han transformado a la FAN en el brazo armado de los dirigentes del MVR y del PPT, tarambanas de la derrotada subversión comunista del pasado reciente, que hoy se presentan como promotores de una "revolución" que ha conducido al país a la anarquía y a la división del gentilicio y de la familia venezolana. Esa subversión que no fue conocida por la Fuerza Armada de hoy.

Debe denunciarse, que los comandantes de la Guardia Nacional actúan al margen de las funciones institucionales en un mal comprendido "orden interno" que le asigna la Constitución. Orden Interno es aquel que comprende esencialmente la consolidación de los valores de libertad, paz, solidaridad y bien común. Función constitucional para la garantía de los derechos humanos que el Estado y sus órganos del poder público están obligados a respetar.

No se puede entender, como es posible que comandantes militares, con nivel universitario y formación jurídica, no solamente cumplan una orden judicial irracional, sometida a la apelación de ley y violatoria de los derechos de los trabajadores, sino que actúen mediante la aplicación de planes militares para el combate, atacando con armas de guerra y equipos antimotines, amparados en la oscuridad de la noche a sosegados grupos familiares, como si fueran peligrosos hampones o sediciosos que ponen en peligro la seguridad del Estado.

No se entiende, como puede relajarse la mente de un guardia nacional, al extremo de apasionarse por un sentimiento político desviado, que lo haga cometer el desatino de seguir a un hombre y a un ideal sin sentido, rompiendo los parámetros del deber ser. Mas grave aún, obligar a sus subalternos a cometer delitos de lesa humanidad, amparados en la fuerza bruta e ignorante.

Olvidan la vigencia del Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional que es ley de la República y la imprescriptibilidad de sus delitos. Igualmente, marginan la importancia que en cumplimiento de los DDHH tiene La Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente, la cual contempla como obligación indeclinable del Estado, tomar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales, y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar que todos los niños y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías.

Han malentendido los guardias nacionales, el apoyo que pudieran prestar a una medida pacífica de desalojo, asumiendo el rol de atacantes de los moradores, violando el derecho de propiedad y generando un desorden público en lugar de evitarlo en horas fuera del horario establecido en la Ley. Aunque pareciera paradógico al cumplimiento de las decisiones judiciales, nunca deben dejar de lado los guardias nacionales, el color de la ética para discernir entre lo legal y lo justo.

Pareciera que se ha olvidado que todas las decisiones judiciales no pueden cumplirse como órdenes serviles, máxime, cuando pareciera que han malentendido en la FAN, la función que le asigna la Constitución de ejercer actividades de policía administrativa y de investigación penal. La FAN no está obligada a cumplir funciones de policía represiva o de ejecución judicial, cuando existan otros órganos con esta dedicación específica.

Debe revisarse en la asesoría institucional que, la Ley de los Cuerpos y Órganos de Investigación Científica, Penal y criminalística establece (solo para investigaciones y en materia penal) que "En todo momento de la investigación penal se deben respetar los principios referentes a los derechos humanos y al debido proceso, con expresa consideración de la presunción de inocencia, derecho a la libertad, derecho a la defensa y respeto a los procedimientos establecidos".

Es de gravedad, que la actual oficialidad de la Fuerza Armada Nacional no haya entendido o no sepa, que como órgano de policía, solo tiene como competencia en cada componente para "la investigación de delitos en el ámbito de sus atribuciones legales". Es evidente que no tiene competencia en el caso de desalojos en materia civil.

Es lamentable, que hoy estemos presenciando el desprestigio y la destrucción de la Guardia Nacional, institución que nos ha costado mucho esfuerzo ubicar en el puesto que ha mantenido en el quehacer nacional y como modelo institucional para otros países.

Hacemos un llamado al Comandante General de la Guardia Nacional, que es abogado, para que someta el ejercicio de la función institucional al cumplimiento de la Ley. No puede él soslayar el contenido del artículo 25 de la Constitución: "Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos o funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusas órdenes superiores." Esto, estimado comandante, es un alerta que exime a los subalternos de la "obediencia debida y ciega", por lo que quien le incumpla, no cometerá delito ni de desobediencia ni de insubordinación, por el contrario, quien le obedezca y viole le ley se transforma en un delincuente. En todo caso el comandante será responsable por lo que su unidad hago o deje de hacer y por la orden arbitraria incurrirá en abuso de poder

Esperamos la acción del Poder Ciudadano por iniciativa del Defensor del Pueblo, quien fundamentalmente tiene a su cargo "la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías" establecidos en la Constitución, por lo que "debe amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos".