23 oct 2013

Seguros Horizonte Información adicional

Cnel. (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

ASEGURADOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

En algunas oportunidades a los asegurados residentes en el exterior, incluidos en el Convenio FAN-HORIZONTE, se les presentan dificultades relacionadas con el seguro y una de ellas es el cambio de beneficiarios, en especial cuando alguno de esos beneficiarios fallece o sencillamente porque el titular decide incluir a un nuevo beneficiario.

El proceso normal a seguir era que el Titular tenía que hacer esa modificación en presencia de un funcionario de Horizonte y éstos residen en Venezuela, lo que significaba una gran dificultad para cumplir con ese trámite.

Pues bien, ante un planteamiento hecho ante esa empresa, a través del ciudadano General de Brigada Alberto De Abreu Ferreira, ese procedimiento fue modificado.

Si usted tiene necesidad de cambiar los beneficiarios de su póliza tiene dos alternativas; iguales al procedimiento para obtener la remesa de la pensión:

1. Acudir a la sede del Consulado o Embajada de Venezuela que corresponda y legalizar el escrito que más adelante se indica.

2. Acudir a un Notario, o su equivalente, en el país de residencia y legalizar y apostillar el escrito que más adelante se indica.

Modelo de escrito a ser presentado:

“Yo, ______________________________ venezolano, mayor de edad, C.I. o Pasaporte Nº_______________________________, de estado civil_______________, de profesión______________________, residenciado en_______(dirección completa de residencia)___________, mediante el presente documento declaro que designo como mi(s) beneficiario(s) de la póliza de Vida (describir la Póliza o las Pólizas), a la(s) siguiente(s) persona(s):

A (nombres y apellidos) , parentesco Si corresponde (cónyuge, hijo, hermano, hermana, etc.) C.I. o Pasaporte Nº_______________________, un (indicar el %) de la suma asegurada.

Declaración que hago en, (lugar donde hace la declaración jurada), a la fecha de su presentación.

PÓLIZA COMPLEMENTARIA.

1. La renovación de la póliza Complementaria no es automática, esto lo exige la ley del Contrato del Seguro. La condición indispensable es que sea pagada antes de iniciar el periodo de cobertura. Recuerde que puede financiarla.

2. La cobertura es por año póliza.

3. Si hay una intervención que amerita rehabilitación esto es hasta el monto de la cobertura. Por ejemplo: Si una operación de rodilla tuvo un costo de Bs. 30 mil, usted dispondrá para la rehabilitación hasta lo que le resta de cobertura. La rehabilitación no es un caso aparte, es decir no es “caso nuevo”.

4. BANCOS AUTORIZADOS PARA DOMICILIAR FINANCIAMIENTO:

1.- Banco Industrial de Venezuela

2.- Banesco

3.- Banco de Venezuela

4.- Banco Provincial

5.- Banco Bicentenario

6.- Banco del Tesoro

7.- Banco Occidental de Descuento

8.- Corp Banca

9.- Banco Mercantil

PÓLIZA DE SERVICIOS FUNERARIOS

1. Si tiene la parcela de terreno, se le informa al proveedor del servicio y es de suponer que no va a facturar lo correspondiente a ese concepto; solo debe facturar los servicios que se presten.

2. En los gastos funerarios no se considera marmolería, jardinería o engramado, ni el mantenimiento que normalmente ofrecen como paquete.

Octubre, 22 de 2013