NEGRO PRIMERO
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
PREVIO
De acuerdo a la mentalidad de los resentidos sociales ‘comunistoides’seudo-socialistas de la des-administración del país, el título de este escrito es denigrante y lo correcto sería decir “afro descendiente Primero” (cada quién se avergüenza de lo que mejor la parezca y estos ‘individuos’ se avergüenzan del color de su piel, ¡allá ellos con sus complejos!), pero, en realidad, no hay nada denigrante en el título porque me estoy refiriendo a una ‘cosa’ que se llama así, aunque el mismo esté relacionado con un “personaje histórico” de nuestra guerra de independencia.
Bueno, el asunto es que nos estamos refiriendo a dos organizaciones que fueron denominadas como “Negro Primero”.
¿Sorprendido de que existen dos organizaciones con esa denominación?, ¡pues sí!, existen dos…una, según Gaceta Oficial N° 40.272 del 15 de octubre de 2013, con la publicación del Decreto N° 194, para la creación de la “Gran Misión Negro Primero” y otra, según Gaceta Oficial Nº 40.273 del 16 de octubre de 2013, con la publicación del Decreto N° 501 del 15 de octubre de 2013, para la creación de la ‘EMPRESA’ “FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO PRIMERO S.A.”
¡Dos cosas distintas pero mezcladas!
¿Qué es y para qué sirve ese Fondo de Inversión?
Para que tenga una idea aproximada trascribo algunos artículos sobre su ‘creación’:
Artículo 2º. La Sociedad Anónima FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO PRIMER.O, S.A., tendrá por objeto la coordinación, supervisión y control y cumplimento de los diferentes objetivos que persigue la "MISION NEGRO PRIMERO"', a fin de dar respuesta a las necesidades sociales del personal militar y civil de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana así como fortalecer el apresto operacional para la Defensa Integral, consustanciado con el desarrollo sustentable y sostenido de la zona económica militar. Tal objeto, así como las actividades que podrá desempeñar la empresa para su cumplimiento, serán desarrollados en el respectivo documento constitutivo y estatutario
Artículo 5º. El capital social de la Sociedad Anónima FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO PRIMERO, S.A., estará dividido en acciones nominativas, no convertibles al portador y será íntegramente suscrito y pagado por la República Bolivariana de Venezuela, quien ejercerá el control accionarlo a través del Ministerio del Poder Popular para la Defensa. El Acta Constitutiva Estatutaria desarrollará lo relativo al número y valor de las acciones de la Sociedad Anónima.
Artículo 6º. La Sociedad Anónima FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO PRIMERO, S.A., tendrá autonomía funcional, presupuestaria y financiera, percibirá los aportes Financieros correspondientes para su funcionamiento, además de los ingresos propios generados por sus actividades y de donaciones de personas jurídicas de carácter público y privado, o de cualquier liberalidad de la previstas en el ordenamiento jurídico.
Artículo 7º. La Sociedad Anónima, FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO PRIMERO, S.A., estará dirigida por la Asamblea General de Accionistas como órgano supremo de dirección, y administrada por una Junta Directiva integrada por: un (1) Presidente o Presidenta y Cinco (5) Directores o Directoras Principales, con sus respectivos suplentes, todos y todas de libre nombramiento y remoción de la Ministra del Poder Popular para la Defensa. Las funciones de la Junta Directiva: así como, las normas de organización y funcionamiento de la sociedad se establecerán en el Acta Constitutiva Estatutaria de la sociedad.
Artículo 9º. La organización, actividad y funcionamiento de la Sociedad Anónima FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO PRIMERO, S.A., se desarrollará con base a los principios de honestidad, participación, eficacia, eficiencia, transparencia, celeridad, racionalidad, rendición de cuentas, corresponsabilidad, solidaridad y responsabilidad social, mutua cooperación, equidad, justicia, Inclusión social, buena fe y confianza.
No voy a profundizar en cuanto a este desconocido“Fondo”, sí me voy a permitir sugerirle que tome nota de lo resaltado en negrilla y lo subrayado dentro del contenido en su articulado, sí haré una pregunta: ¿si el Decreto ordena que debe tener ‘transparencia’ (no ‘tramparencia’), acaso se conoce el contenido de su Acta Constitutiva Estatutaria, número de acciones y valor de ellas, rendición de cuenta del año fiscal 2013, su organización y miembros de la Junta Directiva y sus atribuciones o funciones, cuáles son sus ingresos propios y a cuánto ascienden esos ingresos?
Pero lo anterior es “harina de otro costal”. Vamos a lo principal como lo es esa mezcla extraña denominada “Gran Misión Negro Primero”.
Agosto, 14 de 2014