10 abr 2014

IPSFA Tratamiento Prolongado, Comunicación al Presidente del IPSFA

CNEL. (AVMB) (R) OMAR CASTELLANO ROMERO

C.I. 3.925.775

Contralmirante. Carlos Vieira Acevedo

Presidente de la Junta Administradora del IPSFA

Tengo el honor de dirigirme a usted, para notificarle mi reclamo, con respecto al suministro de mi tratamiento prolongado. El 03/04/14 me dirigí a la Sucursal del IPSFA en Maracay para retirar mi tratamiento prolongado, consiguiéndome con la desagradable sorpresa de que no aparezco en el listado estipulado para ello. Motivo por el cual, manifesté mi inconformidad al respecto a la oficial que me atendió.

Cuando el IPSFA a través de su página web, giro instrucciones al personal de afiliados para registrarse a través del formato estipulado para ello, procedí de inmediato a realizar el registro de mi Sra. Madre, CONSOLACIÓN ROMERO NOGUERA, C.I. 1.662.311 y el mío, respectivamente.

Siempre, estuve pendiente de la información e indicaciones dadas por el IPSFA sobre el particular, revisando con regularidad el respectivo listado, una vez estuvo disponible para los afiliados. Al ver que transcurría el tiempo y no aparecía en el mismo, procedí el 24/03/14 a registrarme nuevamente y a notificar de la irregularidad al IPSFA a través del correo electrónico, drogueriaipsfa@gmail.com, dispuesto para ello. Adicionalmente, intente comunicarme al número telefónico indicado (0212) 661.40.00, al cual llame en repetidas oportunidades, siendo imposible la comunicación por esta vía.

Motivo por el cual, considero inaceptable. Que, si hice todos los tramites que el IPSFA indico, con suficiente anterioridad a la fecha establecida para el cambio, en el sistema de entrega de los tratamientos prolongados. Cuando este, se implementa definitivamente, no aparezca en el listado y se me indique, que tengo que ir al IPSFA en Caracas para arreglar el problema.

Indicación, con la cual manifesté mi inconformidad de inmediato. Ya que no logro entender, que si toda esta información, esta sistematizada en un programa establecido por el IPSFA para ello. Se me dé como única solución, tener que trasladarme a Caracas para aclarar mi situación y demostrar que tengo un tratamiento prolongado, desde hace más de dos años.

Entonces me pregunto, para que esta la sucursal del IPSFA en Maracay? Por qué tengo que ir a Caracas a aclarar algo que siempre he tramitado a través de la sucursal del IPSFA en Maracay y cuya documentación, está al día? Ya que hasta el mes pasado, recibí mi tratamiento prolongado a través de Farmahorro, sin ningún problema.

Por qué, el afiliado tiene que pasar por todas estas molestias e incomodidades, si ha cumplido cabalmente con los trámites administrativos exigidos al respecto, en la respectiva sucursal del IPSFA? Si el IPSFA de Caracas ha creado este problema de carácter administrativo, al haber elaborado un listado incompleto. Por qué, el afiliado tiene que llevar la carga de la culpa, cuando en realidad es la víctima de un mal procedimiento administrativo, ejecutado por el IPSFA en Caracas?

Si el IPSFA en Caracas, tiene una base de datos con toda la información de los afiliados que requieren de un tratamiento prolongado y existe una red con las sucursales, al respecto. Por qué, tiene que trasladarse el afiliado a Caracas, pudiéndose resolver esta situación a través de las respectivas sucursales del IPSFA en el interior del país?

Han pensado, lo que significa para el afiliado esta decisión. Por las molestias e incomodidades causadas, si puede o no, trasladarse, debido a su edad o a su condición de salud, el tiempo requerido y el dinero a gastar para el viaje, alimentación y alojamiento, producto de este traslado a Caracas? Gastos, que a mayor lejanía de la ciudad capital, se verían incrementados considerablemente. No creen ustedes, que dada la difícil situación económica del país y el incremento considerable en la carestía de vida, un gasto de este tipo, afecta notablemente el disminuido presupuesto de los profesionales de la FANB, en especial del personal en situación de retiro?

Considero por lo tanto, que esta decisión no es la más acertada, dado los motivos o causas, expuestas anteriormente. Se supone, que quienes rigen actualmente los destinos del IPSFA, son profesionales que deben gerenciar, en busca de las soluciones más idóneas en beneficio de los afiliados y utilizar para ello, las respectivas sucursales del IPSFA en el interior del país.

El objetivo fundamental de las sucursales del IPSFA en el interior del país. No es, acercar el IPSFA lo más posible al domicilio de los afiliados para prestar algunos servicios y realizar los trámites administrativos necesarios, sin necesidad de tener que trasladarse a la ciudad de Caracas? Si no le damos el apropiado y debido uso a las sucursales, entonces para qué han sido creadas?

No olviden además, que la mayoría de los afiliados en la situación de retiro, pertenecen a la tercera edad y más allá. Lo cual incrementa, aún más, las molestias e incomodidades generadas de tener que realizar traslados innecesarios, a la ciudad de Caracas.

Mucho sabría agradecer, que mis argumentos sean tomados en consideración, en aras de buscar la mejor solución y en el menor tiempo posible, al problema planteado. Y en favor, de evitar el traslado innecesario de los afiliados, al IPSFA en la ciudad de Caracas. Me despido de usted, quedando a sus gratas órdenes. Atentamente.

Ubicación: 0414-4611975 y 0243-2697251.

CNEL. (AVMB) (R) OMAR CASTELLANO ROMERO

C.I. 3.925.775