Coronel (Ej-Ven)
Manuel A Ledezma Hernández
No me refiero a nuestra Ley Orgánica de Seguridad
Social de la FAN; me refiero a mi adiós a la Lucha Obstinada por la
Seguridad Social de la FAN. Durante esta actividad me han dado varios
‘yeyos’, el último fue dentro de la estación del Metro en Plaza
Venezuela, cuando me dirigía a la Asamblea Nacional. Ya no soy tan joven como
quiero ser.
No vale la pena.
Porque, para la casi totalidad de los potenciales beneficiarios de una ley de
seguridad social de la FAN, es mucho más importante dar a conocer la ‘casa de
fulano de tal’, ‘fíjense como viven los hijos de zutano’ y una
infinidad de trivialidades más; sin dejar de lado que la máxima preocupación es
sobre ¿nos pagarán la alimentación?, ¿cuándo
depositan?
Las muchas veces
que se solicitó apoyo para asistir, en masa, a la Comisión de Defensa, al TSJ, a
la Defensoría del Pueblo, a la prensa escrita, a la radio y a la TV, sólo
algunos asistieron, se hacían ver y, por arte de magia, desaparecían
inmediatamente porque ‘…no me voy a exponer que me den un
planazo…’.
Francamente, aún me
pregunto cómo fue posible que lográramos vencer a las guerrillas
castro-comunistas y crear un punto de referencia en el mundo militar para ese
tipo de lucha.
Además, usted,
estimado lector, ya está cansado de mis escritos y debe
descansar.
Pero existe otra
razón para el punto final, de mi parte, en esta lucha, y es la que
más me molesta, ella es que le sigan atribuyendo a personas
‘paracaidistas’ alguna contribución en esta lucha por nuestra seguridad
social, tal y como se le atribuyen a personajes salientes de la Junta Directiva
del IORFAN que nunca, lo he dicho en reiteradas oportunidades, nunca hicieron
nada por nuestra LOSSFAN, solo obstaculizaron el trabajo en la Mesa Técnica y
ahora son punto de referencia para suministrar informaciones, tal y como lo
sugirió un vocal reelecto en ese Instituto.
Ruego para que
surjan nuevas voces y brazos que recojan el estandarte de nuestra lucha por la
Seguridad Social de las mujeres y hombres de armas y sus familiares; estoy
convencido de que hay muchos que están mejor preparados, con estudios
actualizados, juventud disponible, con ‘tabaco en la vejiga’, ideas
frescas y atrevidas que romperán los limitantes esquemas que se empecinan en
sobrevivir e impiden un definitivo progreso. ¡Adelante jóvenes, por nosotros que
estamos de ‘salida’, pero principalmente por USTEDES que aún les falta
mucho por vivir!
Antes de pasar a la
reserva territorial ‘retirada’, valga la expresión, voy a dejar una
información parcial sobre la LOSSFAN-2012.
El Proyecto, desde
mi punto de vista, no es una verdadera ley de seguridad social ya que muchos
aspectos, directamente relacionados con esa seguridad, quedaron excluidos. El
actual proyecto en expectativa está más dedicado a la obtención de beneficios
socioeconómicos que a una seguridad social más sólida que respalde esos
beneficios socioeconómicos; ¿qué gana usted con tener esos beneficios si los
mismos los tendrá que consumir en seguro, medicinas, rehabilitaciones, pago de
otros servicios que la seguridad social militar no le garantizan
explícitamente?, ¿seguir sufriendo atropellos de parte de la administración
militar o una mala atención en los hospitales
militares?
Es tanta la
insistencia en beneficios socioeconómicos que el diputado Luís Alfredo Gamargo,
de la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad, en la última reunión de esa
comisión con quienes participamos en la revisión y elaboración del proyecto,
calificó a éste como “Contrato colectivo”, con el asentimiento del
representante principal del IORFAN. Esto quedó registrado en la grabación de la
sesión y tiene que constar en el Acta respectiva.
Pero bueno, siempre
queda la alternativa de una nueva reforma en la cual se debería poder incluir
los avances en materia de seguridad social vigentes para el
momento.
Regresemos a la
sucinta información sobre la LOSSFAN-2012.
El proyecto consta
de:
1. TITULO I Del
régimen de seguridad social de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana.
2. TITULO II Del
régimen prestacional.
3. Ciento sesenta y
cinco (165) artículos.
4. Una (1)
Disposición derogatoria.
5. Una (1)
Disposición transitoria.
6. Una (1)
Disposición final.
Si algún
profesional militar está interesado en conocer más detalles sobre la
LOSSFAN-2012, puede solicitarlo a través de mi correo, pero… …como
cachicamo se cansó de trabajar pa’la lapa, cualquier
información tendrá un costo dinerario nada económico por lo que sugiero acudir a
otra fuente.
La más idónea,
confiable, veraz es la propia Comisión de Defensa; para ello usted debe
dirigirse al Edif. Vargas, Esq. Pajaritos, 6º piso. El acceso es después de la
09:30 hrs. Antes debe hacer una, a veces, pequeña cola ~yo me la calé durante cuatro meses, luego me dieron
acceso libre~ y obtener un pase de acceso. Cuando le pregunten a
donde va diga algo parecido a: ‘tengo una entrevista con el diputado Fariñas
(o León Heredia, cualquiera de los dos) de la comisión de Defensa’, ‘voy
a entregar una correspondencia privada’, etc. No pierda su tiempo
‘chapeando’ a los Guardias Nacionales allí presentes, son casi una figura
decorativa; allí los que mandan son los civiles de seguridad. Una vez en la sede
de la Comisión no espere que le atienda el diputado o alguno de ellos, así que
si esto sucede pida hablar con la Coronel Milagros Borregos o el Coronel Hugo
Hernández.
Espero la
comprensión de mis amigos. Para ellos mi respeto y saludo tradicional:
Salud, felicidad y que el Señor Todopoderoso los cubra con su Manto de
Bendiciones.
Un especial
agradecimiento a quienes fueron mis detractores y presuntos enemigos,
porque ellos me hacían recordar el verso del poema “Labrador” de Goethe:
“Pero sus estridentes ladridos / sólo son señal de que
cabalgamos”
¡Gracias y que les
aproveche a los oportunistas!
¡YO CUMPLÍ, ESTOY
EN PAZ CON MI CONCIENCIA!
AHORA LA LOSSFAN
ESTÁ EN OTRAS MANOS
ME DEDICARÉ,
TAMBIÉN, A ESCRIBIR PEN… …SAMIENTOS
La suerte de la humanidad ~ ¿militares retirados? ~
Es,
Generalmente, la que ella se
merece.
Albert Einstein
(1879-1955);
Físico y matemático estadounidense, de
origen alemán.
Diciembre, 13 de
2012
PS.
Como última
contribución les dejo lo siguiente:
REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE
JUSTICIA
SALA POLÍTICO
ADMINISTRATIVA
CARACAS, MIÉRCOLES, 12 DE DICIEMBRE DE
2012
CUENTA, N°
121
SE DICTO SENTENCIA
EN:
27. AA40X2012000084
AA40A2011000981
Marcos Porras
Andrade actuando en nombre propio y Argemar Nazareh Porras González en
representación de los intereses colectivos y difusos de los Militares en
Situación de retiro de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de Venezuela y de
los sobrevivientes con derecho a pensión interponen recurso de nulidad
conjuntamente con acción de amparo y solicitud de suspensión de efectos contra
el acto administrativo N° PD-OPP-ARPLA-DIR2010/3-055/005 de fecha 26.04.10,
sobre: "Remuneraciones y Beneficios Socioeconómicos del Personal Militar de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana". Ponente Magistrada Trina Omaira
Zurita.
La Sala declara
improcedente la solicitud de declaratoria de mero derecho formulada por los
accionantes. SENTENCIA N° 01518.
La
Presidenta
Evelyn Margarita Marrero
Ortiz
La Secretaria
Sofía Yamile
Guzmán