REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FEDERACIÓN DE TROPA PROFESIONAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA EN SITUACIÓN DE RETIRO
FENATROPROFAR
RIF J-30652446-0 Fundada el 5 de marzo de 1988 NIT 011036929-8
Caracas, 25 de Julio de 2013
Ciudadano
Presidente y demás miembros de la Junta Directiva
Asociación Federada de Tropa Profesional en Situación de Retiro
Presente.-
ASUNTO: Información.
El Directorio Ejecutivo de la Federación de Tropa Profesional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en Situación de Retiro “FENATROPROFAR”, la presente comunicación tiene como finalidad de informarles que la Gerencia de Bienestar y Seguridad Social del Departamento de Pensiones del Ipsfa-Caracas, presidida por el Coronel (EJB) Jovito Beltrán Díaz, coordino una reunión en fecha 23 de Julio de 2013 a las 9:00 am, con la asistencia de las Federaciones y Asociaciones de militares retirados, durante el desarrollo de la misma se trataron los siguientes puntos:
1.- Fueron leídas dos (2) comunicaciones emanada de la Federaciòn de Oficiales Técnicos, en donde lesionaba la buena marcha, transparencia y la buena gestión que viene haciendo el Instituto.
2.- Que el Ipsfa recibe comunicaciones de los entes retirados haciendo planteamientos de una manera no armoniosa, en referencia a las obligaciones del Instituto.
3..- Que existen Problemas internos en las Federaciones y Asociaciones, con sus Afiliados y las Junta Directiva, en donde el Ipsfa no puede solventar dicha problemática, sugiere que esos problemas sean resueltos internamente y que no lleguen a la Institución.
4.- Será coordinado para que las Nominas y Cheques por el aporte de cuota social, sean entregados los primeros 5 días de cada mes.
5.- Se ordenó que las Federaciones y Asociaciones debe consignar copia del Acta Constitutiva, Rif y los integrantes de la Junta Directiva, para registro del Instituto.
6 -El aumentos de las cuotas sociales debe remitirse con acta registrada, después de haberse efectuado la Asamblea de afiliados.
7.- El pago de las Primas correspondiente a los meses: Enero y Febrero 2013 y el incremento del mes de Agosto 2013, será pagado en el mes de Agosto 2013.
8.- El incremento de sueldo de los meses: Mayo, Junio, Julio 2013, será pagado en el mes de Agosto 2013.
9.-El monto general del incremento de sueldo es de Bs. 927,00, contemplado en los meses: Mayo, Septiembre y Noviembre 2013.
Atentamente;
Directorio Ejecutivo Nacional
"No es lo mismo ser Servil; que ser un buen servidor"
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