16 may 2014

Rompiendo mí silencio

Rompiendo mí silencio
 
 
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
 
Mucho silencio de mi parte, obligado, más que nada, por la impotencia al ver cómo esta “Tierra de Gracia” se pierde para siempre por la entrega sumisa al decadente, corrupto y miserable imperio comunista que reina en una pobre isla caribeña hoy conocida como la “Hacienda Castros”.
Ese “retiro" voluntario me ha permitido observar algunas cosas interesantes que han estado sucediendo con nuestra seguridad social:
 
1. Se han multiplicado, afortunadamente, las personas preocupadas por nuestra seguridad social, inclusive con la aparición de un Coronel, un Almirante y un Sargento Supervisor, oportunistas rojos rojitos, que solo desean sacar provecho, y obtener la oportunidad para‘forrarse’ de ‘verdes verdecitos’, de esta lucha ancestral por nuestros derechos y beneficios socioeconómicos iniciada por apenas ¡cinco! (5) Oficiales [1] y posteriormente llevada a cabo por los presidentes de muy pocas organizaciones de militares profesionales en situación de retiro [2].
2. Grave deterioro, casi desaparición, de un sistema de provisión de medicinas que, si bien marchaba con deficiencia bajo contratos nada transparentes, por lo menos ‘funcionaba’; pero ahora ni siquiera ‘eso’ ya que lo subyacente en esos contratos no transparentes fue trasladado directamente a otros actores más incapaces pero con mayores beneficios, repito, ‘subyacentes’.
3. Transformación definitiva del IPSFA en un órgano de promoción, propaganda, emisor de mensajes subliminales en favor de una tendencia ‘y que’ política a la cual pretenden darle una connotación de“doctrina”.
4. Desaparición de una eficiente fuente y procedimientos de información sobre los beneficios, coberturas, procedimientos, deberes y obligaciones que tiene Seguros Horizonte con sus asegurados.
5. Otorgamiento de beneficios chucutos y demagógicos amparados en una Gran Misión Negro Primero.
 
Veamos algunos aspectos.
I
IPSFA
Este instituto no tiene remedio. Sobre él recaen las cien mil maldiciones que puedan existir.
Cada presidente de Junta Administradora es peor que el anterior; con muy raras excepciones, máximo tres, porque los que no han sido ineptos, han sido dilapidadores de los recursos monetarios del instituto o dilapidadores-operadores psicológicos en beneficio de una tendencia política; personajes que conforman, o conservan una banda de ineficientes que les importa un bledo los problemas y necesidades de los afiliados a quienes deben prestarle servicio, “servidores”que cuando cumplen con su deber es para disfrutar haciéndole ver y sentir al afiliado que la solución a su problema o la satisfacción de su necesidad es una concesión graciosa de su parte o gracias al “jefe” y no una obligación.
¿Acaso es lógico lo que está sucediendo son el suministro de las medicinas por tratamiento prolongado? ¿Es aceptable o lógica tanta ineptitud e indiferencia? ¿Cuántas soluciones de vivienda ha otorgado últimamente? ¿Cuántos préstamos personales o hipotecarios ha aprobado?, y si así lo ha hecho, ¿cuál es la proporción en relación a militares profesionales activos y los que se encuentran en situación de retiro, familiares sobrevivientes, generales y oficiales subalternos y tropa profesional? ¡Sería interesante conocer esas estadísticas!, ¿Y el SISA?
Y para colmo, ¡ahora el instituto es un gran centro de campaña de culto a un individuo que, presuntamente, falleció pero que aún vive porque están tan fanatizados que son incapaces de reconocer que lo que sobrevive a un muerto son sus ideas o sus enseñanzas, aunque…, lo dejo a su interpretación estimado lector.
 
II
Seguros Horizonte
Regresó a su situación anterior… ¡agujero negro, impenetrable, de donde no sale ni la luz!, cobrando más por una pobre póliza que aumenta su costo sin aumentar la cobertura violando la ley que rige la materia y achacándole la responsabilidad al IPSFA, aun cuando esa empresa de seguro tiene en sus manos los instrumentos legales para impedir esa violación pero no lo hace, ¿por qué?, ¡sencillamente porque tiene un ingreso adicional NO PRESUPUESTADO!
 
III
Gran Misión Negro Primero
Su mejor definición está en la primera y cuarta acepción de artificio.
Programa de captación de ingenuos ~y otros no tan ingenuos~ a favor de una falsa doctrina política, abusando de las necesidades fundamentales que padecen los militares profesionales activos o en situación de retiro, sus familiares y los familiares sobrevivientes; necesidades que, por obligación constitucional, debe satisfacer el Estado.
Hoy en día esa supuesta Gran Misión, es una solapada sustituta de la obligatoria Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN.
Mucha tela para cortar. Aún no lo haré.
 
IV
Beneficios chucutos
Son muchos los militares profesionales en situación de retiro que están de plácemes porque, graciosamente, como maná caído del cielo, se han recibido algunos beneficios socioeconómicos reclamados desde hace tiempo, amén del incremento en la remuneración.
La gran mayoría de esos militares profesionales tienen la memoria corta y consideran que esos beneficios fueron otorgados por la buena voluntad, obra y gracia de cierta autoridad militar, olvidándose totalmente que esos beneficios chucutos se reciben gracias a la lucha y sacrificio de unos pocos, muy pocos, militares profesionales, mencionados al final, que nos encontramos en situación de retiro, olvidando también que esa lucha y sacrificio se extendió por más de ¡doce! (12) años sin desmayo y desinteresadamente. Todo lo contrario a lo que hoy en día persigue un oscuro coronel, un almirante y un sargento supervisor.
¿Por qué son beneficios chucutos?
Revisemos esos ‘beneficios’.
 
1. Alimentación:
Falso.
Aún la Almirante en Jefe, Ministra de la Defensa, no ha cumplido ni con la decisión de la Sala Constitucional del TSJ (continua el DESACATO), ni con el artículo 32 de la Ley de Seguridad Social.
El beneficio de alimentación es un pago mensual equivalente a 0,5 UT diarias (15 UT mensuales) es decir, usted debe recibir un pago mensual de un mil seiscientos cinco bolívares (Bs. 1.605,00) pero eso no lo recibe usted.
¿Qué fue lo que hizo la administración militar?... inventó un pago que denominó “Retribución Especial” que reúne las siguientes características:
 
a. “Retribución Especial” no tiene el mismo significado que “Beneficio de Alimentación” o simplemente “alimentación”.
b. Esa “Retribución Especial” es abonada a su haber cada dos meses y no mensualmente como corresponde al beneficio de alimentación.
c. La misma es equivalente a catorce (14) UT mensuales, ¡no quince, como debería ser!, para un total de un mil cuatrocientos noventa y ocho (Bs. 1.498) mensual, lo cual no es igual a los un mil seiscientos cinco bolívares (Bs. 1.605) mensual que recibe el militar profesional en actividad.
d. La Administración militar creó un nuevo concepto de pago que, por ley, también debe corresponderle a los militares profesionales en servicio activo ya que si la Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN., vigente, ordena en su artículo 32 que los beneficios comunes que reciba el activo también debe recibirlo el que se encuentre en situación de retiro y los familiares sobrevivientes, entonces es lógico que el activo reciba el beneficio común que recibe quién se encuentre en situación de retiro.
e. Aún los activos, como malos bomberos, “...siguen pisando la manguera a los compañeros” y no piensan, o no creen, que algún día pasarán al retiro ¡o morirán, fallecerán, estirarán las extremidades inferiores, torcerán los ojos, expirarán!, en fin como quieran decirlo, y todo aquello que hoy mezquinan a quienes están en situación de retiro, mañana también les serán mezquinado a ellos o a ¡sus familiares sobrevivientes!
f. En estos días ha corrido, por internet, información sobre la deuda que el MPPD mantiene con los militares en situación de retiro y familiares.
Es oportuno aclarar que existen dos fechas referenciales para calcular esa deuda:
 
1) Desde el 01 de enero de 2002
2) Desde la fecha en la que la anterior presidenta del TSJ ordenó al MMPD que PAGUE, mientras se decide…
No me ocuparé de ese último punto a los efectos del cálculo. Siendo así, tenemos lo siguiente:
 
a) El Beneficio de Alimentación equivale a 0,5 UT diaria en base a 30 días mes.
 
b) Con la aplicación del valor de la Unidad Tributaria vigente para el momento en que se haga efectivo el pago de la cantidad adeudada desde enero 2002 hasta mayo 2014 (UT = Bs. 127),, ambas fechas inclusive, la deuda acumulada por el MPPD, con cada uno de los militares profesionales en situación de retiro, sin importar grado o jerarquía, y familiar sobreviviente desde el 01 ENE 2002, es la que se especifica en la siguiente tabla:
DEUDA POR CONCEPTO “ALIMENTACIÓN”
Hasta mayo 2014 (*)
UT Vigente
127
AÑO
U.T
MESES
TOTAL
2002
127
12
22.860,00
2003
127
12
22.860,00
2004
127
12
22.860,00
2005
127
12
22.860,00
2006
127
12
22.860,00
2007
127
12
22.860,00
2008
127
12
22.860,00
2009
127
12
22.860,00
2010
127
12
22.860,00
2011
127
12
22.860,00
2012
127
12
22.860,00
2013
127
12
22.860,00
2014
127
5
9.525,00

 
Bs.
283.845,00
(*) Según jurisprudencia reiterada, el pago de las deudas por beneficio de alimentación debe ser hecha en efectivo y al valor de la unidad tributaria a la fecha de pago de la deuda.
 
 
2. Bono Recreacional:
Incompleto.
El artículo 32 de la vigente Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN. ordena, muy claro y preciso que “…se ajustarán de inmediato y en razón directa, cada vez que se produzcan aumentos en las remuneraciones del personal militar de las Fuerzas Armadas Nacionales en servicio activo…”
Este mismo artículo concluye con la siguiente excepción: “…a excepción del bono vacacional.”
Usted podrá decir ‘…entonces, ¿qué es lo que se reclama, si el bono vacacional está exceptuado del pago a los militares profesionales en situación de retiro y familiares sobrevivientes?
Eso“pudiera” ser correcto, pero no lo es hasta que no exista una interpretación de ese artículo por parte de algún tribunal.
Veamos; ¿A qué se refiere la excepción?, ¿al pago de ese bono o al ajuste cada vez que se produzca un aumento en el pago de ese bono vacacional?
Ahora bien, el bono recreacional tal y como fue concebido y pagado también constituye un beneficio diferente al bono vacacional que corresponde al militar en servicio activo, por consiguiente a ellos también les corresponde ese pago de Bono Recreacional tal y como fue establecido en la Directiva de Remuneraciones que creó ese beneficio socioeconómico.
¿Cómo se evita ese ‘enredo’?, ¡dejando de lado el egoísmo y la estúpida idea que tienen en la administración militar de que jamás pasarán al retiro o que son candidatos a la inmortalidad!
Es incomprensible que su rechazo a quienes están en situación de retiro los lleve a “auto mutilar” sus propios beneficios que disfrutan estando en actividad y eso es lo que hacen cuando deciden dejar de percibir hasta ¡cincuenta días! (50) de remuneración mensual integral para luego recibir, en la situación de retiro, solo ¡treinta días! (30) que será igual al monto de la pensión mensual y para colmo ni siquiera es igual a la pensión mensual integral. (Revise la Directiva vigente de fecha 18 de noviembre de 2013)
¿Será que los activos responsables de elaborar la Directiva de Remuneraciones, y los cálculos de esas remuneraciones, son ciegos, no dominan las matemáticas, son robots sin inteligencia?, creo que no; lo que sí creo es que son brutos, egoístas, celosos guardianes de un recurso presupuestario que, al final, es ‘raspado’ por otros más ‘avispados’ que ellos.
El bono recreacional debe ser igual, tanto en la oportunidad de pago como en su cuantía, al bono vacacional. Por lo tanto, aún nos deben el Bono Recreacional y lo recibido como “Retribución Especial” se puede considerar como un ‘adelanto’.
 
V
Directiva de Remuneraciones vigente desde el 18nov2013
Desmejoró los beneficios socioeconómicos para absolutamente todo militar profesional de la FAN y familiares sobrevivientes con derecho de pensión al no contemplar, y por lo tanto desaparecer, el Bono de juguetes y el Bono de Útiles Escolares, a menos que, a los que se encuentran en servicio activo, se los paguen a través del sistema ‘bajo cuerda’.
 
 
VI
Caja de Ahorro
Es el ‘invento’ más reciente. Es una de las ‘joyas de la corona’ y probablemente un lazo para capturar incautos.
¿Por qué?
1. No estará sujeta a la LEY DE CAJAS DE AHORRO Y FONDOS DE AHORRO, Gaceta Oficial Nº37.611 de fecha 16 de enero del 2003.
2. No hay transparencia sobre su organización, estatutos y aportes.
3. En cuanto a los aportes solo se sabe que el afiliado aportará el 8 % de su remuneración, ¿básica, mensual normal o mensual integral?; tampoco se sabe si el aporte del MPPD es el 12 % de la remuneración del afiliado o solo el 12 % de lo que ese afiliado ahorre. Son dos cantidades muy diferentes.
4. No existe un aporte inicial del MPPD, por lo tanto pretenden solucionar esa deficiencia limitándole a usted su derecho de pedir, durante un año, préstamos o disfrutar de algún beneficio. ¿Quién le garantiza que durante un año usted no será llamado para que cruce al ‘más allá’?
5. Si esa Caja de ahorros no se regirá por la ley correspondiente, ¿quién garantiza esos fondos? Experiencia hay al respecto y basta con recordar lo que siempre ha sucedido con el SISA, el cual tampoco se regía por la ley y hoy en día es inescrutable, ¿dónde están esos ahorros, cuánto interés devengan esos depósitos individuales, etc., etc.?
Algo similar sucedió con una ‘cosa’ creada en el IORFAN y que después fue desvinculada de ese Instituto, ¿alguna vez se hicieron elecciones para elegir la Junta Directiva de esa organización que se denominó AIRMARTI?, ¿alguna vez usted tuvo conocimiento de alguna rendición de cuenta por parte de esa organización?
También es oportuno recordar lo sucedido con la Caja de Ahorros de los empleados de PDVSA. Si mal no recuerdo se ‘evaporaron’ algo así como quinientos millones de dólares ($ 500.000.000); ojo… ¡dólares, no bolívares!
6. ¿En la ya designada Junta Directiva figura algún Tropa Profesional en situación de retiro y algún familiar sobreviviente? ¿Conoce usted a los integrantes de esa Junta Directiva? ¿De dónde salieron, dónde estaban, cuál es su trayectoria profesional y su experiencia para administrar una Caja de Ahorro que no se regirá por ninguna ley y sí posiblemente por unos estatutos que no se conocen?
7. Adicionalmente, el pasado 07 MAY 2014, el diario El Nacional publicó la siguiente noticia:
May 7, 2014 @ 6:00 pm
Nicolás Maduro utilizó su programa En Contacto con Maduro para recalcar la necesidad de unificar las cajas de ahorros. “Vamos a hacer una nueva institucionalidad, un nuevo esquema del proceso de ahorro a través de la caja de ahorro, y de protección por parte del Estado a los trabajadores a través de sus cajas de ahorro”, expuso.
El ministro de la Banca Pública, Rodolfo Marco Torres, informó que hoy se celebró una reunión con la superintendencia de cajas de ahorros y la superintendencia de prestaciones sociales: “Estuvimos evaluando y buscando diferentes fórmulas que nos permitan articular y potenciar realmente y reagrupar las cajas de ahorro. De esta forma, buscar optimizar los rendimientos, las fórmulas, ese acompañamiento con el Estado (…) y tratar y lograr que todas las cajas de ahorro que se agrupen realmente, puedan ir con una sola dirección, acompañada del Estado en los diferentes programas”.
Marco Torres recalcó que existen 1.300 cajas de ahorro registradas en el país y el jefe de Estado expresó: “Con esa masa de dinero de las cajas de ahorro, más el fondo de prestaciones, podemos hacer una ingeniería financiera para hacer el segundo milagro de la Gran Misión Vivienda Venezuela. Lo podemos hacer. Esa es una masa de dinero gigantesca”.
Con Información de: El Naciona
SAQUE USTED SUS CONCLUSIONES
Mayo, 16 de 2014


[1] Cnel. (Ej) Julián Velásquez Marcano, Cnel. (GN) Héctor Pietri Guzmán, CN Carlos Rodríguez Bartoli, Cnel. (Ej) Marcos Porras Andrade y el infrascrito, Cnel. (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández.
 
[2] CN Nelson Escalona, CC Guillermo A León Alfaro, Sgto. Sup. (GN) Luís Tomás Rodríguez y S1º (GN) Cruz Nicolás López Reyes