6 jun 2014

FE DE VIDA Militares Profesionales en el exterior

FE DE VIDA

Militares Profesionales en el exterior

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

El IPSFA inició una campaña de actualización de fe de vida para el personal militar profesional en situación de retiro, (hoy día llamada ilegal, incongruente y peligrosamente “reserva activa”) la cual finalizará el próximo 30 de julio, su incumplimiento dará origen a la retención de la respectiva pensión hasta tanto se cumpla con el requisito exigido.

Los militares profesionales en situación de retiro residentes en el país deben acudir, personalmente, a cualquiera de las siguientes dependencias: sede principal del IPSFA; sucursales del IPSFA; Unidades Militares; IORFAN; Federación de Oficiales Técnicos y sus Asociaciones afiliadas; Asociaciones de Tropas Profesionales.

Como es de suponer, los militares profesionales residenciados en el exterior quedan a la deriva pero, gracias a las gestiones del Capitán de Corbeta GUILLERMO A LEON ALFARO, Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Oficiales Técnicos en Retiro de la Fuerza Armada Nacional, ante las autoridades del IPSFA, obtuvo la autorización para que esos militares profesionales residenciados en el exterior remitieran a esa Federación la constancia de FE DE VIDA EMITIDA POR LA AUTORIDAD FACULTADA PARA EMITIR ESE DOCUMENTO EN EL PAÍS DE RESIDENCIA, DEBIDAMENTE APOSTILLADA, EN ORIGINAL, ANEXAR FOTOCOPIA DE AMBAS CARAS DEL CARNET MILITAR ACTUALIZADO, CÉDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE, TAL Y COMO EXIGE CADIVI PARA LA REMESA DE PENSIÓN. NO SE TRAMITARÁN COPIAS, NI MENSAJES DE CORREO, NI DOCUMENTOS ESCANEADOS.

Dirección de remisión:

Final Avenida El Ejercito, al lado de la biblioteca "Danilo Anderson", Catia la Mar, Estado Vargas. Código Postal 1162. Sede de ASOTREFANB Vargas.

Teléfonos: 0212-5248653, 0212-4356073 Celulares: 0414-2316351 y 0416-3670448. Correo Electrónico fenasotrefanb@gmail.com.

O dirección alterna:

MRW Agencia 1.390 Quinta Crespo Caracas.

Es su decisión usar este procedimiento o cualquier otro que considere conveniente, así como la remisión de fe de vida bajo los requisitos exigidos o no, sin embargo es de advertir que, antes de la coordinación efectuada, la Gerencia de Bienestar exigiría que dicha fe de vida fuera emitida por el Consulado o Embajada de Venezuela y preferiblemente avalada por algún Agregado Militar en ella.

Junio, 05 de 2014