9 feb 2015

Llegó carta para usted, ciudadano Ministro de la Defensa

Llegó carta para usted, ciudadano

Ministro de la Defensa

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Febrero, 08 de 2015

PREVIO

Ciudadano Ministro de la Defensa, la carta que transcribo para usted fue entregada en la sede del Ministerio bajo su responsabilidad hace ya algún tiempo y a la fecha de este escrito aún no ha obtenido respuesta.
En esa misiva se explica a usted las penurias por las que están pasando los militares profesionales en situación de retiro y los familiares sobrevivientes que residen en el exterior por su voluntad, por necesidades familiares particulares o por enfermedad que requieren tratamientos no disponibles en nuestro país.
Todas estas penurias son consecuencia por la decisión de un anterior presidente de la Junta Administradora del IPSFA que no tuvo el coraje de denunciar a un general que, residiendo y trabajando en Venezuela, cobraba su pensión en dólares, tal y como si residiera en el exterior.
Antes de esa decisión acomodaticia que perjudicó a todos los pensionados residentes en el exterior, éstos no presentaban las enormes dificultades a las que hoy deben hacer frente.
Creo, ciudadano General en Jefe Ministro de la Defensa, que se deben tomar medidas humanitarias muy urgentes para evitar más padecimientos a quienes ya dieron todo lo que humanamente pudieron por la defensa del país, bien sea prestando su servicio o bien sea apoyando a los hombres y mujeres que cumplieron su deber con la patria por muchos años y hoy pasaron al que llamo “SERVICIO ACTIVO EN LA TERCERA EDAD”, algunos ya próximos a pasar a otra “situación de retiro” de la que no hay retorno ni reenganche.
He aquí la carta en referencia, así como algunos testimonios:

COPIA TEXTUAL DE LAS REFERENCIAS PROBATORIAS DEL TRATO CRUEL E INHUMANO QUE SE DA A LOS OFICIALES DE LA RESERVA ACTIVA Y A LOS FAMILIARES DE OFICIALES FALLECIDOS, POR CENCOEX.

Se omiten identificaciones por razones obvias

PRIMERA REFERENCIA.

Esta es una de las pruebas contundentes del humillante trato que CENCOEX da a un Oficial Superior de la Fuerza Armada. El tono del solicitante es de rogatoria, de sumisión y de negación a su honorabilidad y dignidad, pero la respuesta no puede ser más lapidaria. Solo un "solicitud en análisis". Esto es un trato Cruel e inhumano calificado como “Tortura” por las Naciones Unidas, por cuanto se está negando el derecho a la subsistencia de una persona, al no existir ningún otro mecanismo legal alterno por medio del cual un venezolano, pueda recibir su pensión estando residenciado en el exterior, distinto al procedimiento ante CENCOEX
-----Original Message-----
Omar B escribió:
Estimados Sres. Ruego a Ud. Considerar la aprobación de mi solicitud de divisas. Serán las más amargas navidades que en mi vida he pasado al tener que vivir arrimado en casa de unos amigos y no tener para cubrir mis gastos de salud y vida. Yo no puedo creer que no exista suficiente disponibilidad de divisas para pagar las pensiones de Jubilados y Pensionados que ya llevan 6 meses sin recibir pago alguno, por muy limitado que este el flujo de caja del BCV. Pónganse por favor Ud. en mi lugar: solicitud. No. 18100xxx
Omar B
Teniente Coronel (GNB)
Reserva Activa
C.I: 3.xxx.xxx
RESPUESTA:
From: Casos Especiales [mailto:casosespeciales@cadivi.gob.ve]
Sent: Monday, December 15, 2014 10:55 AM
To: Omar B
Subject: Re: solicitud No. 18100xxx
Solicitud en análisis.
_________________________________________________________________________________

SEGUNDA REFERENCIA.

Esta es una segunda prueba de la forma como se humilla a un militar retirado. Exigirle después de 5 meses documentación que solo puede conseguir diligenciando en Caracas-Venezuela, estando residenciado en el exterior y con 15 días de plazo. La respuesta al planteamiento no admite otro calificativo que conducta inhumana.
-----Original Message-----
From: Casos Especiales [mailto:casosespeciales@cadivi.gob.ve]
Sent: Monday, November 10, 2014 1:40 PM
To: Omar B
Subject: Re: solicitud No.18100xxx
Buen día
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), le informa que debe consignar lo requerido ante su operador cambiario, a través de su representante legal.
Atentamente
COD
a-88
(Los funcionarios de CADIVI no se identifican con sus nombres y apellidos ni cargos. Uno no sabe con quién está tratando el problema o una consulta. Pero uno debe suministrarles a ellos copia de la cédula de identidad, correo electrónico, Nº de la solicitud de divisas, teléfono, etc., a pesar de que toda esa información la tienen en su base de datos)
Omar B escribió:
Coordinación de Casos especiales
CENCOEX
Estimados Señores.
Con sumo estupor, sorpresa y frustración acuso recibo del email enviado de esa dependencia referido a la solicitud No. 18100xxx donde se me indica, después de 5 meses de análisis, que mi solicitud ha sido suspendida por requerirse…MOVIMIENTOS MIGRATORIOS EMITIDOS POR EL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACION, MIGRACION Y EXTRANJERIA (SAIME), CON INDICATIVO DE LAS ENTRADAS Y SALIDAS DEL PAIS”…
No deja de ser llamativo que ello ocurra, por primera en estas circunstancias, donde pareciera se condena al administrado a recomenzar el proceso, toda vez que consta a Ud. que tal requisito es imposible de cumplir en tal lapso, por los tiempos burocráticos procedimentales del SAIME, los del Operador Bancario (Banco de Venezuela) y los propios de CENCOEX.
Señalo por primera porque en toda la vigencia de la Normativa de Control del Cambio en Venezuela, nunca hasta ahora, repito, después de 5 meses de análisis y luego estar al borde de la locura, viviendo arrimado, perdido mi vehículo, arruinado mi crédito y además de otro ataque al corazón; se me había exigido la presentación de tal requerimiento.
Resulta al menos frustrante que esa dependencia no tome en consideración la revisión histórica de las solicitudes, el tiempo de espera y el sacrificio que ello impone al solicitante de pasar hambre y miseria durante tanto tiempo, para que ahora se sume el tener que satisfacer semejante requisito.
Yo salí de Venezuela, como consta en documentos, en Agosto del 2001 por razones estrictamente personales y de seguridad familiar, que no políticas, y desde tal fecha ni siquiera he intentado regresar al país, estando residenciado desde entonces en la ciudad de Edison, Estado de New Jersey de los Estados Unidos de América, tal como lo señala mi Registro Consular y mi Fe de Vida, documentos que la Providencia 19 exige para comprobar ese estatus, ya que el Consulado General de Venezuela en New York es severamente revisor de los soportes documentarios.
Hasta el presente momento, y desde la instauración del control de cambio, he venido recibiendo mi pensión sin que se me haya exigido demostrar movimiento migratorio y más si este tiene que ser otorgado por una autoridad en Venezuela. En todo caso, lo justo, equilibrado y humano habría sido el solicitarme tal requisito durante los meses de Junio, julio, Agosto, Septiembre u Octubre, fechas desde las cuales mi solicitud reposa en esa dependencia en estado de “ Análisis”, no ahora cuando se me condena a un periodo aún más largo de espera. Es una cuestión de sobrevivencia, soy una persona vieja y enferma.
Como persona, como venezolano jubilado y como Militar Oficial Superior de la Reserva Activa de la FAB, ruego a Ud. reconsiderar el exigirme este documento para la aprobación de mi solicitud de divisas referidas al pago de mis pensiones para el 2do semestre del 2014 y eximirme de su exigencia, para lo cual le envío copia del registro en mi pasaporte, vigente para esa fecha, de la salida del país.
Atentamente,
Omar B
C.I. 3xxxxxx
Teniente Coronel Guardia Nacional
El siguiente fue el email recibido desde CENCOEX que dio lugar a la anterior solicitud y que fue ingratamente respondido con un “debe tramitar los solicitado a través del Operador cambiario”.
-------- Begin forwarded message --------
Subject: Sistema Automatizado CADIVI
Date: 11/07/14 03:33:14 PM
From: "Sistema Automatizado CADIVI" <rusad@cadivi.gob.ve>
To: ombxxxx@optonline.net,
X-Priority: 1
Nos dirigimos a usted, en la oportunidad de informarle, que su solicitud No.*18100xxx*, ha sido suspendida por no cumplir con lo establecido en las respectivas providencias.
*Observación*
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) Suspende la solicitud de autorización de adquisición de divisas, para continuar con el proceso de análisis es necesario que usted consigne a través de su operador cambiario lo siguiente: MOVIMIENTOS MIGRATORIOS EMITIDOS POR EL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACION, MIGRACION Y EXTRANJERIA (SAIME), CON INDICATIVO DE LAS ENTRADAS Y SALIDAS DEL PAIS. En tal sentido, esta comisión de administración de divisas
(CADIVI), otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de efectuada la presente notificación, para dar cumplimiento al requerimiento aquí contenido, solicitud que se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la ley orgánica de procedimientos administrativos. Así mismo, se hace la advertencia que de transcurrir el lapso antes indicado sin que se haya consignado la totalidad de la documentación referida, a través del operador cambiario, se entenderá paralizado el procedimiento por causas imputables al usuario, esto desde el día hábil siguiente al vencimiento del lapso concedido para la presentación de la documentación requerida. Transcurridos dos (02) meses desde el momento de la paralización, sin que se haya reactivado el procedimiento, se declarara la perención del mismo, tal como lo dispone el artículo 64 de la ley orgánica de procedimientos administrativos.
_________________________________________________________________________________

TERCERA REFERENCIA.

Aquí se demuestra con claridad que el personal civil de CADIVI_CENCOEX maneja en información del sistema de remuneraciones de la Fuerzas Armadas clasificada como “Reservado” y además que obliga al Oficial en Retiro a hacer sus solicitudes cada seis meses, pero al final del periodo, por cuanto exige la presentación de los recibos de pago, los cuales no pueden ser obtenidos sino al final de dicho lapso.
Pero aún más. El trámite de cualquier documento a través de un banco en el interior de la república, incluye la remisión del mismo a la agencia principal, donde un analista recibe esa información, la evalúa conforme al requerimiento de CADIVI y la tramita a esa dependencia, proceso que pueda tomar hasta más de 15 días hábiles, contando con suerte.
-----Original Message-----
From: Casos Especiales [mailto:casosespeciales@cadivi.gob.ve]
Sent: Wednesday, November 06, 2013 1:20 PM
To: Omar B
Subject: Re: Solicitud 17466xxx
Buen día.
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), le informa que debe consignar lo solicitado a través de su operador cambiario.
Atentamente
COD
a-88
(Los funcionarios de CADIVI no se identifican con sus nombres y apellidos ni cargos)
Omar B escribió:
Estimados Sres.
En el “Attached” del presente email se podrá encontrar copia de las Planillas de pagos emitidos por el IPSFA, relacionados con su observación del pasado 4 de noviembre del corriente. Más abajo insertada.
Aun cuando entiendo que se deberá enviar por ante el Operador Cambiario, en los plazos previstos en su misiva, rogaría su consideración para ser recibidos por esta vía y evitar un retardo aún mayor en mi tramitación, toda vez que se acumularían 5 meses sin recibir pensión alguna, debido precisamente a la implementación de esta disposición administrativa, de exigir los Recibos de Pago Mensuales de la pensión y no la Constancia de Pensionado, como es exigido por la Providencia Administrativa que regula esta materia.
Creo respetuosa y honestamente hablando, que es inhumano exigir a un Jubilado Pensionado que espere se acumulen seis meses de pensión, para poder este optar a hacer su solicitud de divisas. En anteriores comunicaciones recibidas de esa dependencia, (por favor leer al final de esta exposición) se hizo clara distinción de que las solitudes se harían semestralmente y que */el beneficiario podía solicitarlas al Inicio, durante o al final del periodo y que para ello, como uno de los requisitos para que esto fuera posible, se debería anexar a la solicitud, la Constancia de Pensionado, con la indicación del monto mensual de la pensión asignada. Interpretando ese lineamiento, presente mi solicitud, viendo como al fin se corregía una inmoral distorsión en la ejecución del proceso de solicitud de divisas.
No es posible ninguna forma de que pueda hacerse sino al final periodo, mientras se exija al militar pensionado, presentar las planillas de pago de los meses anteriores. Esto es sencillamente condenar a pasar hambre a una persona, por siete meses (un mes se toma el proceso de solicitar y transferir) que no dispone de otros fondos que su pensión para sobrevivir, ya que su edad y condición física, no le permiten tener otras alternativas viables. Corriendo el riesgo que ello pueda ser considerado un atrevimiento, sugeriría la implementación de uno de los siguientes mecanismos
Forma de acción A: Tomar como base de cálculo el monto establecido en la Constancia de Pensionado emitida por el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada. Tal como lo establece la Providencia Administrativa al respecto.
Forma de Acción B: Tomar como base de cálculo el monto establecido la Planilla de Pago del primer mes del Semestre emitida por el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, con lo que se Racionalizaría el proceso tanto en tiempo como en los ajustes del Monto de divisas a aprobar. Quedándole al beneficiario la posibilidad de solicitar nuevamente las diferencias a que haya lugar, por aumentos o correcciones positivas a su pensión.
Es una cuestión de justicia social y solidaridad humana, que debe ser analizada y convenientemente revisada, en aras de la protección del más necesitado.
Respetuosamente,
Omar B
Tcnel (GNB) Retirado
C.I.:3.xxx.xxx
A continuación se incluye el email que dio lugar a la anterior solicitud y donde se deja claramente expuesto que es un procedimiento ordinario el que el oficial pase seis meses de hambre, para poder tener la posibilidad de solicitar la aprobación de las divisas correspondientes. Nuevamente “trato cruel e inhumano”
From* Sistema Automatizado CADIVI <rusad@cadivi.gob.ve
<mailto:rusad@cadivi.gob.ve>>
Date: November 4, 2013 at 4:30:21 PM EST
To:* ombxxxxxxx@optonline.net
Subject:* *Sistema Automatizado CADIVI*
X-Priority: 1
Nos dirigimos a usted, en la oportunidad de informarle, que su solicitud No. *17466xxx*, ha sido suspendida por no cumplir con lo establecido en las respectivas providencias.
*Observación
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) suspende su solicitud de autorización de adquisición de Divisas, y para continuar con el proceso de análisis es necesario que usted *consigne a través de su operador cambiario lo siguiente Copia de los 3 últimos recibos de pagos emitidos por el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada .En tal sentido, esta Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), Otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de efectuada la presente notificación, para dar cumplimiento al requerimiento aquí contenido, solicitud que se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Organiza de Procedimientos Administrativos. Así mismo, se hace la advertencia que de transcurrido el lapso antes indicado sin que se haya consignado la totalidad de la documentación referida a través del operador cambiario, se entenderá paralizado el procedimiento por causas imputables al usuario, esto desde el día hábil siguiente al vencimiento del lapso concedido para la presentación de la documentación requerida. Transcurridos dos (02) meses desde el momento de la paralización, sin que se haya reactivado el procedimiento, se declarara la perención del mismo, tal como lo dispone el artículo 64 de la Ley Organiza de Procedimientos Administrativos.
*Comisión de Administración de Divisas.*
From: Casos Especiales [mailto:casosespeciales@cadivi.gob.ve]
Sent:* Wednesday, September 11, 2013 12:20 PM
To:* Omar B
Subject:* Re: FW: Juicio Desocupación
Buen día
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) le informa que esta Administración cambiaria autoriza sus solicitudes de jubilados y-o Pensionados en base a los dos (2) semestres del año, es decir; una para enero-junio y otra para julio-diciembre del año fiscal vigente, por lo que deberá tramitarlas al inicio*, durante o al final del período que solicita. Igualmente se le informa que tiene 120 días para realizar la transferencia de las divisas autorizadas y se podrán transferir a su conveniencia y-o preferencia.
Atentamente
Coordinación Operaciones Diversas (NO HAY NOMBRE DEL FUNCIONARIO)
Cadivi
LA SIGUIENTE INFORMACIÓN (ABAJO) ES EXTRAÍDA DE LA PÁGINA WEB DE CADIVI, CUANDO EL SOLICITANTE INTERESADO ENTRA A SU PÁGINA PERSONAL COMO USUARIO REGISTRADO CADIVI:
Mis Solicitudes
Solicitud Fecha de Solicitud Monto Solicitado Monto Aprobado Monto Liquidado Operador Camb. Divisa Tipo de Solicitud Status Fecha Status Cód. AAD Cód. ALD
1810xxxx
Ver
23/05/2014 13.257,14 0,00 0,00 VENEZUELA USD.
Jubilados o Pensionados Solicitud en Análisis 05/12/2014 AAD
ALD
MAYO (HAN TRANSCURRIDO 6 MESES Y 20 DÍAS Y LA SOLICITUD CONTINÚA DICIEMBRE EN ¡ANÁLISIS!)...PARA FINALMENTE INFORMARME EL 30 DICIEMBRE 2014 QUE –SEGÚN CADIVI-- YO VIVO Y RESIDO EN VENEZUELA.
¿QUÉ CULPA TENGO YO QUE LA BASE DE DATOS DEL SAIME ESTÉ INCORRECTA Y DESACTUALIZADA? YO SALÍ DE VENEZUELA EN EL 2001 Y NO HE REGRESADO MÁS NUNCA...POR DIOS.
MIS 2 ANTERIORES PASAPORTES VENEZOLANOS VENCIDOS, ASÍ LO DEMUESTRAN Y ASÍ LO VERIFICÓ Y CERTIFICÓ EL ACTUAL CONSUL VENEZOLANO EN NEW YORK EL 07 ENERO 2015!!! ¿QUÉ MEJOR PRUEBA QUE ESA?
_________________________________________________________________________________

CUARTA REFERENCIA.

CASO DE OTRO OFICIAL (CAPITÁN DE NAVIO):
PENSION Y AGUINALDOS CN (R) VINCENZO C
From: VCXXXX@aol.com
Date: Thu, 8 Jan 2015 10:15:20 -0500
Subject: Re: [Fwd: PENSION Y AGUINALDOS CN (R) VINCENZO C]
To: casosespeciales@cadivi.gob.ve
CC:atencionusuario@cadivi.gob.ve;operacionesdiversas@cadivi.gob.ve
Estimado Operario:
Agradezco altamente su pronta respuesta, sin embargo permítame respetuosamente informarle que yo estoy en cuenta de que la Solicitud se encuentra en análisis, y como le he referido en mis tres correspondencias anteriores, el motivo de ellas ha sido saber por qué aún permanece en análisis desde mediados de Octubre, sin causa aparente.
Una vez más, permítame recordarle que esa erogación se corresponde a mi Pensión de Retiro de 26 años al servicio de la Armada y es el único sustento para mí y mi esposa.
Agradecería si en vez de contestarme con las respuestas típicas, se me informara si es que realmente hay alguna razón especial para este injustificado retardo de tres meses, o de lo contrario se aprobara como corresponde dicha solicitud.
En espera de su oportuna respuesta, le agradezco de antemano la atención que se sirva prestar a la presente, y le reitero las pruebas de mi mayor estima y afecto, deseándole lo mejor para Ud y su Familia en este Nuevo 2015.
Muy Atentamente,
VINCENZO C
Capitán de Navío (R)
CI V 5xxxxxx
In a message dated 1/7/2015 2:48:35 P.M. Eastern Standard Time, casosespeciales@cadivi.gob.ve writes:
Buenas Tardes!
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), le informa que su solicitud de autorización de adquisición de divisas Nro. 18414xxx se encuentra en análisis.
Coordinación de Operaciones Diversas
A-55 = (El funcionario de CADIVI no se identifica con nombre y apellido ni cargo o función)
El 07/01/2015 12:42 p.m., VCxxxxxx@aol.com escribió:
Sres.:
Casos Especiales
Atención Usuario
Operaciones Diversas
CADIVI/CENCOEX
Muy Buenos días, con los mejores deseos de Salud, Dicha y Prosperidad para Uds. y sus Familiares y afectos en este Nuevo Año 2015!!!
Molesto nuevamente su atención para saber de la fecha de Aprobación de mi Solicitud #18414xxx de Pensión del Segundo Semestre y Aguinaldos del 2014, introducida el 13 de Octubre de 2014, ya que en su último correo, de fecha 26 de Diciembre del 2014 me informaron que debía estar atento a un próximo CAMBIO DE ESTATUS y hasta la fecha no ha ocurrido.
Sin otro particular y agradeciendo de antemano su atención a la presente, quedo de Uds.,
Muy Atentamente
CN (R) Vincenzo C
CI V-5xxxxxx
In a message dated 12/26/2014 1:23:31 P.M. Eastern Standard Time, casosespeciales@cadivi.gob.ve writes:
*Buen día*
*La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), le informa que debe estar atento a un próximo cambio de estatus.
Atentamente
COD
A-88 = (El funcionario de CADIVI no se identifica con nombre y apellido ni cargo o función)
Asunto:
PENSION Y AGUINALDOS CN (R) VINCENZO C
De: Vincenzo C <vcxxxxx@aol.com>
Fecha: Wed, 24 Dec 2014 07:00:23 -0800
Para: "operacionesdiversas@cadivi.gob.ve"<operacionesdiversas@cadivi.gob.ve>
CC:"atencionusuario@cadivi.gob.ve"<atencionusuario@cadivi.gob.ve>
Distinguido Operador:
Ante nada, permítame desearle en Unión de su Distinguida Familia una Feliz Navidad hoy 24 de Diciembre.
Molesto nuevamente su atención para solicitarle se APRUEBE mi Solicitud de Pensión número 18414xxx de fecha 13 Octubre 2014, la cual aún permanece en ANALISIS sin ninguna causa aparente, Ya que tampoco he sido informado de ninguna.
Esta Pensión y respectivos Aguinaldos son mi DERECHO ADQUIRIDO por haber cotizado y haberle entregado 31 años de mi Vida a SERVIR A MI PATRIA, y les garantizo, como les puedo bien comprobar, que MI HONESTIDAD solo me permitió esta Pensión de Retiro como ÚNICO sustento para mí y mi Señora en nuestra vejez.
Agradezco su Atención y solución inmediatamente.
Muy Atentamente
Vincenzo C
Capitan de Navío (R)
CI V- 5.xxx.xxx
_________________________________________________________________________________

QUINTA REFERENCIA.

CASO DE UNA VIUDA, DE UN OFICIAL SUPERIOR, RESIDENCIADA EN MADRID, ESPAÑA:
---------- Forwarded message ----------
From: E M <emxxxxx@hotmail.com>
Date: 2015-01-06 15:01 GMT-05:00
Subject: Gusto en saludarle
To: "wxxxxxxx@gmail.com"
Estimado Tcnel.:
Mi nombre es E M, representante legal en Venezuela e hijo de la Sra. N de M, quien reside en la ciudad de Madrid, España, y a quien tengo el honor, el deber y la responsabilidad de gestionar su pensión a través de los órganos respectivos. Tramites estos que de una u otra forma siempre han estado plagados de infinidad de obstáculos, problemas y retrasos, pero creo que ninguno como el que actualmente padecemos.
A la fecha, a mi Sra. Madre aún no le ha sido cancelada la pensión correspondiente al PRIMER SEMESTRE del año 2014. En este sentido, la comisión de casos especiales de CENCOEX envió un email el ¡29 de diciembre 2014! notificando que la solicitud se encuentra suspendida por "no cumplir con lo establecido en las respectivas providencias" a saber: el registro consular ORIGINAL emitido en el consulado venezolano en Madrid, y el recibo de pago correspondiente al mes de mayo 2014.
Ahora bien, y aquí es donde explico porque me he dirigido a Usted para molestarlo y solicitarle algún tipo de asesoría o consejo a ver si puedo salir lo antes posible de este atolladero:
• Todos, absolutamente TODOS los registros consulares que he anexado en las carpetas anteriores a esta, han sido exactamente los mismos que ha emitido el consulado venezolano en Madrid y que mi Sra. Madre me ha enviado. Son registros consulares sellados y firmados por el cónsul, y hasta este momento, TODOS habían sido recibidos sin problemas tanto por el operador cambiario como por el analista de CENCOEX, recibiendo su posterior APROBACIÓN.
• Por uno de esos "descuidos" por parte del personal administrativo del IPSFA, a mi Sra. Madre le habían suspendido el pago de la pensión porque no "aparecía" por ningún lado la Fe de Vida que ella misma se encargó de enviar, razón por la cual el neto del mes de mayo no aparece publicado, pero el monto se ve reflejado en el neto del mes siguiente, es decir junio (DEPOSITARON LA PENSI[ON DE MAYO JUNTO CON EL MONTO DE LA PENSION DE JUNIO,PERO CON UN SOLO NETO) porque gracias a Dios consiguieron (EN EL IPSFA) el documento que se les "había traspapelado" y reanudaron el pago de la pensión. Ahora CENCOEX me exige la presentación del pago correspondiente a mayo, el cual no tengo. ¿Cómo puede un pensionado elaborar e imprimir un documento que solo emite el IPSFA?
• Tengo entendido, si no he interpretado mal el párrafo de la providencia, que el operador cambiario está en la obligación de devolver los documentos originales una vez que verifique la autenticidad de los mismos, claro que esto nunca sucede ni ha sucedido, (CADIVI exige los originales, contradiciendo el texto de su propia directiva) pero en vista al problema que se me ha presentado, quiero saber si usted conoce de algún caso similar, y si yo puedo exigir me sean devueltos los documentos originales, porque en caso contrario, tendría mi madre que volver a solicitar todos los papeles, (tomando en cuenta la caducidad de los mismos por tratarse del primer semestre del año pasado) lo cual atrasaría aún más la aprobación de la solicitud.
• La comisión de casos especiales de CENCOEX me ha otorgado un plazo de ¡15 días hábiles! a partir de la recepción del correo (29 de diciembre) para introducir nuevamente los documentos por ellos solicitados a través del operador cambiario correspondiente. ¿Debo elaborar nuevamente la carpeta? ¿O solo presentar lo solicitado? Y si debo elaborar una nueva carpeta, ¿cómo hago con el resto de los documentos originales que debido al tiempo transcurrido ya han perdido vigencia? ¿Debo solicitarlos de nuevo?
Lamento mucho tener que molestarle y recurrir a Usted en estas circunstancias pero la verdad es que necesito una guía, una voz experimentada que me indique el camino que debo tomar. De antemano le agradezco su atención y me despido muy respetuosamente esperando sus comentarios.
E M (hijo del Oficial fallecido)

Febrero, 08 de 2015