15 nov 2013

Grupo Pichincha Solicitud ante la SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA del TSJ sobre REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

 

gpGrupo Pichincha Solicitud ante la SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA del TSJ sobre REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

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Como parte del esmerado cuidado puesto por el GRUPO PICHINCHA en el seguimiento de la ACCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA DE ANULACIÓN PARCIAL, CONJUNTAMENTE CON AMPARO CONSTITUCIONAL, DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE EFECTOS GENERALES CONSTITUIDOS POR LAS DIRECTIVAS GENERALES CORRESPONDIENTES A LOS AÑOS 2005 AL 2011 SOBRE "REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA", la cual cursa por ante ese Tribunal, se informa lo siguiente:

I.- Como lo hemos venido haciendo todos los meses, hoy solicitamos impulso procesal pidiendo se decida sobre la Demanda de Nulidad Parcial y sobre el Amparo Constitucional Cautelar, pues es el caso que a un año y ocho meses de formalizada la acción, aún ni siquiera se han pronunciado sobre su Admisión, lo cual debió suceder el Jueves 29 MAR 2012.

Agradecemos leer el escrito anexo a este correo.

II. En vista de la jubilación de la Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero, desde el 27 MAY 2013, se reasignó como Ponente al Magistrado Emilio Ramos González.

III.- A raíz del Recurso de Reconsideración formalizado por el IORFAN por ante el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, supimos de la existencia de la Sentencia No. 513 dictada en fecha 19.03.2002 por la Sala Constitucional, en acción de nulidad que interpuso el Cnel. Luis Alberto Peña sobre el Bono Vacacional, Expediente 00-0725.

Así, desde el 19 MAR 2002 es cosa juzgada que no se nos viola el Derecho a la Igualdad ni hay Discriminación al excluirnos del pago del Bono Vacacional, por lo cual es fraudulento seguir alegando esos motivos.

IV.- Incorporamos al Expediente copia simple de la Directiva 2-2013, de fecha 23 SEP 2013, porque la impugnada fue derogada.

Reciban un fraternal saludo de la Junta Directiva de nuestra ASOCIACIÓN CIVIL y el de todos los Oficiales de la cuatro Fuerzas o Componentes que integramos esta sociedad de amigos militares, invitándolos muy cordialmente a unirse como Asociados a nuestro GRUPO PICHINCHA.

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