Luisa Ortega, ensañada contra Simonovis
Enrique Prieto Silva
Jueves, 26 de diciembre de 2013
Esperamos que a esta altura en Navidad, veamos a Simonovis y a muchos otros presos políticos, disfrutando de su justa libertad, para poder entender la conciliación para la paz anunciada por el gobierno.
Un deseo de todo el gentilicio venezolano, que a pesar de la diatriba política instaurada desde el 2002, nunca ha visto con buenos ojos la actitud precaria de mantener un mando gubernamental respaldado por el odio entre congéneres, quienes de buena fe creyeron en las erróneas mesianías del difunto. Nunca dejará de ser errático el recuerdo del 11 de abril del 2002, cuando el país pudo ver y sentir la mayor aversión política de nuestra historia. Un día trágico, que marcará historia para nunca olvidar. Fue el día que se cayeron las caretas de los de adentro y los de afuera, sellado por las amarguras de lo que quiso ser y no fue, y a más de una década del silencio de la verdad, nunca investigada, siguen los desaguisados como el de Luisa Ortega Díaz, quien ha declarado al derecho y al revés sobre la libertad de Iván Simonovis. Increíble, un día declara que no tiene problemas en estudiar la medida humanitaria de libertad, para luego revertirse y declarar que para él no es procedente ninguna medida, por cuanto “fue enjuiciado por delitos de lesa humanidad”.
Los que conocemos la verdadera historia, por haber estado ahí, haber escudriñado en sus entrañas y por haber participado en parte de ella, sentimos la vergüenza que oprime a la cortedad profesional de la regente de la Fiscalía General de la República, quien no solo miente ante el calificativo de la imputación, que ella misma hiciera como fiscal sexto del ministerio público con competencia plena a nivel nacional, junto a otras dos fiscales, donde todos los delitos imputados fueron ordinarios: homicidio y lesiones personales.
Consideramos por demás antiético e inmoral, que esta Fiscal, quien funge de prosapia jurídica, quiera retrotraer el criterio que impuso el 3-12-2008, cuando declaró, que no procedía la amnistía a favor de los comisarios y los funcionarios de la PM, dado que ellos estaban siendo juzgados por “delitos de lesa humanidad” y trate de mantener hoy el mismo criterio, olvidando que en materia de derecho y de justicia los tiempos y los momentos cambiantes inciden en las sentencias y en las penas. Pero, de mayor gravedad, que siendo la autora de la acusación, cambie su calificación para justificar la improcedencia de la medida cautelar o de gracia, que corresponde al comisario Simonovis por derecho. No es admisible, que quien tiene en sus manos el poder para “garantizar en los procesos judiciales el respeto a los derechos y garantías constitucionales”, niegue por prejuicios políticos y militancia partidista el derecho a la salud y la vida de un ciudadano, venido en desgracia por su culpa.
El descaro de Luisa Ortega Díaz es abominable. Es inconcebible, que siendo ella la autora de este aborrecible juicio, trate de confundir al humilde pueblo engañado por sus falacias, de hacerles creer que fueron estos comisarios los autores del detestable homicidio hecho impersonal y calificado por el difunto expresidente como “legítima defensa de los pistoleros de Puente Llaguno”. Es la mayor desvergüenza del Poder Judicial venezolano, que quedará para la doctrina nacional como el peor abuso judicial de la historia moderna.
Bien sabe Luisa Ortega, que por su presión imputadora y la de las otras dos fiscales Buznego y Haifa Aissami, la Juez Cuarto de Juicio Marjorie Calderón Guerrero, esposa de un connotado activista político del PSUV, sentenció a Simonovis y a otros comisarios a los 30 años de presidio que solicitó “el difunto” en uno de los más connotados casos de abuso de poder e intervencionismo.
A Simonovis le fueron imputados los delitos de “Cómplice necesario en la comisión de homicidio calificado en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en los artículos 406, ordinal 1º, 425 en concordancia con el artículo 84 ordinal 2º y ultimo aparte de la reforma parcial del Código Penal, igualmente, el concurso ideal de lesiones personales en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 414 en concordancia con los artículos 425, 98 y 84, ordinal 2º y el último aparte de la reforma parcial del Código Penal; y por degradación política del caso, con la connivencia de personas, “tontos útiles”, fue admitida la acusación particular propia, de solo algunos casos inespecíficos, que nunca fueron probados. Solo pudo comprobarse el odio visceral de personas inescrupulosas, capaces de hacer el papel de verdugos en una causa política sin sentido, pero traumática, tanto para el Derecho como para los ciudadanos honestos y conscientes de la paz y el amor al prójimo.
Ya desde este momento se aprecia la malignidad de fiscales, jueces y “víctimas”, al declarar sin lugar una medida cautelar sustitutiva de privación de libertad, fundamentándola en la exclusión constitucional “cuando se trate de delitos de Lesa Humanidad”, no contemplados en la legislación venezolana, fundándola en el “Estatuto de Roma”, el cual entró en vigencia en julio de 2002, es decir, no tenía vigencia para el 11 de abril anterior.
La malignidad de las fiscales y de la jueza, quedan en evidencia, toda vez que de un total de 19 personas que murieron asesinadas en los alrededores del Palacio de Miraflores el 11 de abril de 2002, solo fueron enjuiciados los siete comisarios y agentes de la PM por la supuesta muerte de 3 personas; mientras que las restantes muertes aún quedan en el limbo de la justicia; siendo oportuno recordar, que en el juicio de marras, la defensa demostró que en la Avenida Baralt, actuaron al menos treinta y cinco (35) pistoleros armados con armas largas y cortas que, sin duda alguna, actuaron bajo la aquiescencia del gobierno, y que muy probablemente, estos mataron a tres personas e hirieron por lo menos a otras cinco. Pistoleros que fueron beneficiados por el decreto de amnistía del 31-12-2007.
También es de recordar, que el comisario Domingo Chávez del CICPC y jefe del equipo que se encargó de la investigación de los sucesos del 11 de abril, declaró a viva voz en el juicio, que durante la investigación no se encontraron elementos o pruebas que demostraran que los comisarios hubieran dado a sus subalternos ordenes de disparar para matar a personas el 11 de abril, ni tampoco de suministrarles armas, como lo imputó la fiscal Luisa Ortega Díaz. Igualmente, es de recordar, que ninguno de los 196 testigos que declararon en el juicio atribuyó responsabilidades individuales a ninguno de los acusados. ¿En que funda la fiscal Luisa Ortega Díaz su ensañamiento contra el comisario Simonovis?
Para muchos, el relato de este juicio, sus secuelas y sus orígenes han llamado a la reflexión a muchos que adoraron al “difunto”. Estos 15 años, aparte de la desgracia social y económica que ha traído al país, los ha hecho concluir en que la mayor miseria ha sido el odio entre hermanos, provocado por la insensatez de quien creyó que para “incluir” en la sociedad, era necesario eliminar “adversarios” tildándolos de enemigos. Estos arrepentidos no aprueban esta manera de justicia y creen que, a quien llaman el “sátrapa innombrable”, creó un monstruo que un día iría contra él mismo y todos sus cómplices. Hoy ven cómo todas estas fuerzas generadas por el odio que ha sido su arma por excelencia, actúan contra ellos mismos. Lo dijeron: “No se trata de cábala es ley, es historia, esa que se repite.
Más tarde o temprano, esto sucederá, y podrás contar que fuiste parte de esta historia sombría, pero desde el lado luminoso y bueno, y que la experiencia te hizo más fuerte, más luminoso y más bueno y que esa vivencia, ese dolor de estar alienado, ha justificado tu vida”. Es triste oírlo y pensarlo, pero debemos creerlo, “Cuando eso suceda, también podremos ver al mundo con más justicia y paz”.