CARTAS
ENTREGADAS A LOS
DIPUTADOS DE
LA COMISIÓN PERMANENTE DE
DEFENSA Y
SEGURIDAD
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma
Hernández
Como informé en oportunidad anterior,
concluyó el trabajo en Mesa Técnica de revisión y elaboración de un Anteproyecto
LOSSFAN-2012. Este documento sufrió
algunas modificaciones inconsultas, es decir, luego de concluido nuestro trabajo
‘alguien’ introdujo modificaciones;
esto me llevó a elaborar y entregar, el 14 de noviembre 2012, una carta a cada
uno de los Diputados (los que se dejaron
ver) que integran la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la
Asamblea Nacional. A esta fecha no he recibido respuesta.
A continuación el texto de esas
cartas:
Ciudadano
Diputado
WILLIAM RAMÓN
FARIÑAS
Presidente de la
Comisión Permanente de
Defensa y Seguridad
de la Asamblea Nacional
Su
Despacho.-
Tengo el honor de dirigirme a usted,
en la oportunidad de presentarle mi saludo y exponerle dos puntos que considero
obligatorios y de interés.
El primero de ellos es agradecerle su
deferencia al convocar una Sesión Especial de la Comisión Permanente que usted
preside con el único propósito de hacer un reconocimiento a la labor que
cumplimos los militares profesionales que trabajamos en la preparación del
Anteproyecto de la Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana y especialmente por sus palabras cuando se refirió a mi persona en
particular. Muchas gracias.
Debo decirle que nuestro trabajo fue
posible gracias al Equipo Técnico designado para esa tarea, en especial la
Licenciada Berenice Torres, Coordinadora; el Licenciado Jesús Mieres y la
Coronel y Doctora Milagros Borregos, así como los otros profesionales que se
alternaban en esa dura y larga tarea para poder cumplir con el resto de sus
obligaciones diarias. Todos ellos facilitaron nuestra labor y demostraron un muy
alto espíritu de trabajo, colaboración y sobre todo comprensión, porque no fue
fácil hacer que opiniones diversas llegaran a un feliz término. Ojalá y los
procedimientos internos de la Comisión que usted preside permita recompensarlos
con creces por la dedicación, profesionalismo y lealtad hacia
usted.
En segundo lugar me permito referirme
al Anteproyecto en sí.
Son dos preocupaciones y tienen que
ver con el impacto económico y con la más grande que me queda y que tienen
muchos otros militares profesionales, en especial los que se encuentran en
situación de retiro y que usted podrá apreciar a través de contactos personales,
así como por los correos y escritos que cursan por internet, y que se enfoca en
ese lapso de un año que se otorga a la LOSSFANB para entrar en vigencia luego de
su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y
cuyo propósito es conceder al Ministerio del Poder Popular para la Defensa
tiempo para que adecue los contenidos establecidos en esa Ley a su ordenamiento
administrativo y reglamentario.
Considero, ciudadano Diputado, que
ello no es necesario por las siguientes razones:
1. La nueva LOSSFANB no modifica en
nada la estructura ni organización del MPPD ya que el único órgano que se crea
es el Consejo de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana que
no requiere instalación, equipo, presupuesto ni personal
adicional.
En cuanto a la creación de los
Fondos ello no requiere tanto tiempo de adecuación ya que el IPSFA ha tenido
diecisiete (17) años disponibles, desde julio 1995, para la activación de los
Fondos, independientes, ordenados en el artículo 40 de la vigente ley de
Seguridad Social, GO Nº 35.752 Extraordinario del 13 de julio de 1995: Fondo
para el Cuidado Integral de la Salud, Fondo para Pensiones y demás prestaciones
en dinero y Fondo para Prestaciones a cargo del Estado.
También en ese mismo
instrumento legal, en el artículo 28, ordena al IPSFA la constitución de las
cuentas de asignación de antigüedad a cada beneficiario y, con ellas, constituir
fideicomisos individuales.
2. La Contraloría Social no es
inherente ni carga alguna para el MPPD o de alguna otra dependencia adscrita al
mismo.
3. La Atención del Adulto Mayor
tampoco origina grandes cambios en el actual sistema de salud porque, de hecho,
los centros de salud atienden a esos adultos mayores con la particularidad de
que no existe un procedimiento y atención adecuada y oportuna y esa situación se
subsana con una mejor organización y distribución del trabajo. El inconveniente
más grande estará en la creación y activación de las Casa Hogares a cargo del
IPSFA, sin embargo eso tampoco es obstáculo debido a que ese Instituto cuenta
con los recursos, al igual como cuenta con recursos para hacer más centros
comerciales, salas de cine y otras actividades comerciales diferentes a su
función principal. Esas casas de atención al adulto mayor se pueden implementar
progresivamente sin necesidad de esperar un año para hacerlo, ni todas al mismo
tiempo.
4. En cuanto a las erogaciones para
cubrir las remuneraciones y otros beneficios socioeconómicos ellos están
contemplados en más de un 98 % en la Ley de Presupuesto 2013, solo es necesario
hacer un pequeño examen y ajuste del mismo para comprobar que sí existen los
recursos necesarios pero los mismos están dispersos entre los diferentes órganos
y unidades que conforman la FANB. A título de ejemplo está la partida
‘402-06-04-00 Productos farmacéuticos y medicamentos’ que algunas dependencias,
no dispensadoras de salud, tienen asignadas. Algo similar sucede con la partida
‘402-06-05-00 Productos de tocador’ que contempla asignaciones elevadas para
algunas dependencias especialmente en la sede del MPPD, solo por mencionar dos
de ellas y restringido sólo al ámbito de personal y seguridad
social.
5. Las ayudas y complementos por
enfermedad, fallecimiento, matrimonio, hijos, vacaciones, etc., están incluidas
en la Ley de Presupuesto 2013 y reguladas por Directivas emitidas por el MPPD
desde hace varios años.
En relación al beneficio de
alimentación es un derecho adquirido ya que siempre, durante muchos años, se
percibió incluido en nuestras planillas de haberes bajo la denominación ‘alimentación’, aun cuando el militar
profesional se encontrara en la situación de retiro y se pagó hasta el año 2002
cuando fue conculcado ese derecho sin que mediara ninguna decisión
judicial.
En cuanto a la prima de
profesionalización también es un derecho contemplado en el artículo 32 de la
actual ley de seguridad social que, taxativamente, ordena pagar a los militares
en situación de retiro ‘…cualquier
aumento en las remuneraciones del personal militar en servicio activo, con
inclusión de los bonos que perciban…’, con una sola excepción asentada en
ese artículo.
La implementación de la caja de
ahorro tampoco es relevante ya que en la actualidad existen diversas cajas de
ahorros dispersas en el seno de la FANB, cuando lo más lógico y conveniente es
que sea una sola caja de ahorros para toda la FANB.
6. En el transcurso del tiempo han
sido aprobados otros instrumentos que sí han generado un gran impacto económico
y sin embargo no han tenido algún lapso para entrar en vigencia. Podemos citar
la actual LOTTT; la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, GO Nº 39.912
de fecha 30 de abril de 2012; la LOFAN, GO Nº 6.020 Extraordinario de 21 de
marzo de 2011.
7. En cuanto al impacto económico, no
debe ser un inconveniente ya que el 98 % de las erogaciones por concepto de
seguridad social para la FANB están contempladas en la Ley de Presupuesto 2013.
Adicionalmente, el MPPD cuenta con una
“Comisión que se encargará de evaluar las negociaciones entre petróleos de
Venezuela sociedad anónima (PDVSA) y la Fuerza Armada Nacional, con el fin de
fortalecer el Fondo de Pensiones de la Fuerza Armada Nacional” (así), según Resolución Nº DG-029246
DEL 04NOV2004.
Adicionalmente, se cuenta con el
diferencial del precio del petróleo y su referencia de cincuenta y cinco dólares
($ 55,00) en la Ley de Presupuesto 2013. En este punto me permito hacer notar
que si tomamos sólo un céntimo de dólar ($ 0,01) de un excedente de veinticinco
dólares ($ 25,00) por cada barril de exportación y en base a una producción diaria de 2.400.000
barriles, (excluyendo los 600.000 de consumo interno, información suministrada
por el ciudadano Ministro del PP de Petróleo y Minería en declaraciones públicas), se dispondrá de
dos mil trescientos veintidós millones
de bolívares (Bs. 2.322.000.000,00), cantidad más que suficiente para
satisfacer las erogaciones que debe hacer el Estado como Patrono de los
militares para la seguridad social de ese sector de la población
venezolana.
En relación a la protección de la
Milicia Bolivariana, ella está contemplada en la Ley de Presupuesto
2013.
8. En nuestra última sesión de
trabajo hicimos una lectura rápida, muy rápida, del contenido de los artículos,
sin embargo pude tomar notas sobre aspectos que no coinciden con el contenido
original y que desmejoran, no solo la calidad del arduo trabajo realizado, sino que merma la calidad de la ley y su
posible referencia como un instrumento legal de avanzada en materia de seguridad
social, no solo para nuestra FANB sino también para las fuerzas armadas de otros
países; algunas de esas modificaciones no mejoran la seguridad social que se
aspira y los beneficios socio económicos, ellas van en perjuicio de los
militares, profesionales o no, activos o retirados y en consecuencia sus
familiares.
Algunos cambios y deficiencias que
pude observar son los siguientes:
a. La atención de la salud, por
disposición constitucional, es obligación del Estado y los militares
profesionales subvencionamos ésa responsabilidad, aun cuando en la Ley de
Presupuesto 2013 existen partidas específicas, de montos considerables, para
satisfacer las necesidades derivadas de la atención de salud de los militares y
sus familiares, mucho más cuando en nuestros centros de atención de salud se
atiende al resto de la población que no cotiza por el uso de esos
servicios.
El cinco punto cinco por ciento
(5.5%) para el fondo del cuidado
integral de la salud, por parte del personal militar en situación de actividad o
de retiro y familiares sobrevivientes con goce de pensión es una carga excesiva
que, para el caso de un Coronel o Capitán de Navío, representa una merma en su
ingreso familiar en el año igual a seis mil seiscientos bolívares (Bs.
6.600,00) y un ingreso extraordinario, fuera de presupuesto y créditos
adicionales, para el IPSFA y para la Dirección General de Salud y sus
dependencias adscritas. Si tomamos en cuenta que el descuento es hecho a todos
los militares profesionales, Oficiales y Tropa Profesional, activos o retirados
y a los familiares sobrevivientes se comprobará que es mucho dinero
extra.
b. Durante las sesiones de trabajo
fue revisado y discutido intensamente la contribución al IORFAN y se descartó la
obligatoriedad de esa contribución, sin embargo en la redacción final se incluyó
el aporte de 1 % para ese Instituto por el personal afiliado a él y la actual
Junta Directiva de ese Instituto ha sostenido que todos los Oficiales en
situación de Retiro ‘son afiliados al
Instituto’, criterio arbitrario ya que la ley del mismo no establece
ninguna obligatoriedad de afiliación, como sí lo impone el Estatuto Orgánico del
IPSFA en su artículo 20; además quién no contribuya es un ‘medio afiliado’ porque puede elegir
pero no puede ser electo y en este sentido no existen ‘medias tintas’ en cuanto a derechos
ciudadanos.
Incluir esta obligatoriedad es
inconveniente ya que actualmente el militar profesional en situación de retiro
tiene la opción de suspender cualquier descuento a su pensión y, de hecho, somos
muchos los militares que no cotizamos a ese Instituto no prestador de ningún
tipo de servicio de protección social ya que solo cumple funciones de
intermediación y su objeto principal es estimular la convivencia según lo
establece muy claramente el artículo 1º de su ley.
De establecerse en la LOSSFAN la
obligatoriedad de esa contribución, se atentaría contra el derecho
constitucional de la libertad de asociación, así como una arbitrariedad al
efectuar descuentos no autorizados en las pensiones.
c. Se establece que el IPSFA deberá
‘…emplear el excedente de los fondos
después de cubrir los servicios y prestaciones establecidos en esta ley, en
crédito hipotecario para la adquisición, construcción, reparación o edificación
de vivienda propia, para los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
conforme al reglamento respectivo.’
Esto concede al IPSFA una gran
discrecionalidad al permitirle que sea la Junta Directiva de ese Instituto quién
determine cuanto ‘excedente’ destinará a los créditos hipotecarios lo cual, como
siempre ha sido y así está en la actual ley de seguridad social, nunca hay
suficientes recursos para otorgar esos créditos hipotecarios y cuando existen,
las cantidades a ser otorgadas son ínfimas.
Precisamente, para subsanar esta
deficiencia se crea el Fondo para la Vivienda y Hábitat, separado de los otros
fondos.
Los excedentes de cada Fondo deben
ser reinvertidos en cada uno de ellos, a semejanza de lo que se establece con
los excedentes del ejercicio fiscal; de esta forma se recapitalizan los Fondos y
progresivamente se aliviará la carga al Estado.
d. La vigente LOFAN, GO Nº 6.020
Extraordinario del 21 de marzo de 2011, establece en su artículo 100 la
permanencia máxima en el grado o jerarquía limitado a un máximo de dos años,
cumplido éste lapso y no obtenidos los méritos ‘o no existir la vacante para
ascender’, pasará a la situación de retiro. Esta disposición debe ser
tomada en cuenta en la LOSSFAN para el cálculo de la pensión de ese militar
profesional que debe pasar al retiro ‘por falta de plazas vacantes’, ya
que no es su responsabilidad determinar el número de plazas vacantes para cada
grado o jerarquía, por lo tanto la pensión que debe corresponderle es el cien
por ciento (100 %) de su última remuneración mensual percibida; no es justo que,
además de quedar suspendido en el ejercicio de su profesión también deba ser
perjudicado con una remuneración inferior por causas que escapan a su control,
afectando así su patrimonio y calidad de vida. Igual situación se presenta al
militar profesional que alcance el límite de edad en el grado o jerarquía. Esto
lo sugerí para la inclusión en la LOSSFAN pero al final fue
obviado.
e. El capítulo correspondiente al
seguro colectivo está incompleto y no se ajusta a lo acordado en la Mesa de
Trabajo con el Equipo Técnico luego de muchas discusiones y
análisis.
9. Quedaron algunas cosas por
subsanar, en especial lo referente a nuestra deficiente cobertura del seguro de
vida, HCM y funerario y la exclusividad que se le otorga a una sola compañía de
seguros cuando en otras dependencias del Estado existen otras alternativas. No
es justo y se apoya el monopolio al mantener, obligatoriamente, a una sola
empresa aseguradora para el MPPD. El Estado tiene otras empresas de seguros y es
mucho más conveniente y sano llamar a licitación.
Por todo lo expuesto, no considero
justo el aplazamiento de la vigencia de la LOSSFAN y más si agregamos la demora
legislativa de once (11) años, según la Sexta Disposición Transitoria de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así mismo considero necesario una
revisión del contenido del Anteproyecto LOSFAN en estudio para lo cual estoy a
su disposición.
Reitero a usted mi agradecimiento y
respeto, con la esperanza de que mis planteamientos sean bien acogidos e
interpretados solo como una preocupación y deseo por mejorar la seguridad social
de hombres y mujeres que integramos la FANB, activos y retirados, que estamos
dispuestos a ofrendar la vida por esta Patria Grande y por todos y cada uno de
los ciudadanos que residen en ella contando con la ayuda, sacrificio y
comprensión de nuestra familia.
Caracas, 12 de
noviembre de 2012
Esta carta, con los ajustes
necesarios en su redacción, fue entregada a los siguientes Diputados de la
Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea
Nacional:
TCnel. Néstor Francisco León Heredia;
Amaiza Tamburrini; Luís Alfredo Gamargo; Adel El Zabayar
Samara.
Ahora, ¿qué puede hacer usted por
nuestra LOSSFAN-2012? ¡MUCHO!
Antes es necesario dejar un poco de
lado el real, justificado e inocultable escepticismo que se ha impuesto en
nuestro país y en nuestras relaciones con aquellos que ocupan cargos como
jerarcas de los diferentes Poderes Nacionales; con aquellos que son denominados
Representantes del Pueblo; con los
jerarcas de los diferentes partidos políticos que también se atribuyen la
representación del ‘pueblo’ y
mantienen ‘voceros’ ante la Asamblea
Nacional, ergo, representantes de ese mismo pueblo… y nosotros, los
militares sin distinción alguna, nuestros familiares y nuestros familiares
sobrevivientes ¡también somos pueblo!
Pues bien, es nuestro derecho,
militares activos y retirados, familiares de activos y retirados, familiares
sobrevivientes, exigir a esos representantes del pueblo que cumplan
con su obligación como tales.
¿Cómo?
La manera más sencilla, cómoda, menos
traumática para usted es ¡abarrotarlos con cartas! ¿Iluso?,
¡posiblemente sí!, ¿pero que pierde usted? Solo le tomará unos minutos, una o
varias hojas de papel y un poco de tinta; quizás lo más engorroso, fastidioso,
es trasladarse a una oficina de correo para consignar la carta, pero eso también
le servirá para hacer un poco de ejercicio.
Esa carta puede ser enviada a título
personal o con firmas de adherentes; pueden ser enviadas particularmente o
pueden ser recabadas por algún voluntario y remitidas, varias cartas juntas, a
través de un servicio privado de entrega de correspondencia. Aquí juegan un
papel muy interesante las diferentes Asociaciones, Federaciones y organizaciones
de militares retirados quienes pueden (deben) tomar ‘la batuta’ en este
asunto.
¿A quién enviar esas cartas? A todos
los Diputados, sin excepción, porque ellos dicen llamarse ‘representantes y voz del pueblo’,
¿cierto?; a todos y cada uno de los dirigentes de cada partido, tanto de un lado como del otro; medios de comunicación impresos y
a cualquier otro que usted considere.
¿Dónde entregar esas cartas? En el
caso de la Comisión de Defensa:
Cddno. Diputado
TCnel.
WILLIAM RAMÓN FARIÑAS
Presidente de la Comisión Permanente de Defensa y
Seguridad
Av. Este 6, Esq. de Pajaritos, Edif.
"José María Vargas" - 6º piso / Caracas
Esta dirección también es válida para
el Cddno. Diputado TCnel NÉSTOR LEÓN
HEREDIA, Vicepresidente de esa Comisión.
¿Usted tendrá tiempo para
hacerlo?
Ningún timorato llegó a las altas
cumbres.
Siro, Publius (siglo I a. C.); poeta
romano.
Noviembre, 29 de
2012