30 nov 2012

Denuncia recibida y solicitud urgente de descargo IORFAN



C.N. Adolfo Aéz Marcano
Candidato a Vocal Armada


Buenas tardes compañeros Iorfanos todos. En este momento me veo en la obligación de sacar a relucir un hecho sumamente delicado ocurrido en nuestro Instituto y cuya puesta en conocimiento estaba programada para luego del proceso electoral con la intención de no enturbiar el mismo.


Desafortunadamente acciones desesperadas de candidatos temerosos de perder cargos han llevado al CN Norman Rodríguez Arias a presentar ante la CEP una denuncia donde me tilda de mentiroso y de descalificarlo y acusarlo sin pruebas y denigrar de su persona. Ante esta acusación la CEP me solicita presentar los descargos en mi defensa, lo cual hice el día de ayer.
 
Ante esta acción totalmente electorera donde se desdice de mi persona y de mi proceder, he decidido presentar ante Uds. parte de mis argumentos enviados a la CEP para enfrentar la burda maniobra donde se solicita mi descalificación, al igual que la del Cnel Marcos Porras, como candidatos a Vocales del IORFAN.
 
Acá encontraran la denuncia-acusación presentada ante la CEP, la comunicación mediante la cual la CEP solicita los descargos y parte de ellos.
 


 3.- Descargos presentados
 
A fin de dar respuesta a vuestra solicitud he adjuntado varios archivos que servirán de soporte a las afirmaciones hechas en mi escrito del 23/11/12 titulada Elecciones "IORFAN". Domingo 2 de diciembre y no LA EXPERIENCIA NO ES TRANSMITIDA IORFAN como se pretende hacer ver en la denuncia totalmente sin sentido y sin sustento alguno, ya que las regularidades citadas no son con carácter electoral porque las mismas fueron denunciadas hace ya 19 meses.


1.- En la comunicación de mi autoría citada NO APARECE en todo su contenido un solo nombre propio identificando persona alguna, solo aparece el mío como firma. Cuando hago mención a un presidente ilegítimo lo hago basado en los resultados de las elecciones realizadas en el año 2010 y en la sentencia del TSJ donde se indica que el Presidente de la JD deberá ser seleccionado entre los cuatro candidatos más votados, no estando el entonces Presidente en ese grupo. Era un presidente ilegal ya que tenía su período vencido según la Ley y decisión anterior del MPPD. 
 
2.- Con respecto a la incondicionalidad de dos de los vocales en el sentido de votar a favor de propuestas excluyentes y atentatorias al trabajo de un cuerpo colegiado, basta leer las Actas de Sesiones de la JD para constatar esta anormalidad.
 
3.- En la afirmación de una pésima gerencia de recursos humanos se puede constatar la cifra de demandas laborales contra el Instituto ante Tribunales de la República. Todavía siguen su curso cierto número de ellos. Esto ha resultado en un daño patrimonial al tener dos sentencias en contra y por haberse contratado un Abogado ya que nuestro Consultor Jurídico no está capacitado en este ramo, según afirmación dada a mi persona por el anterior Presidente de la JD.
 
4.- En cuanto a las graves irregularidades administrativas, estas fueron puestas en conocimiento de la Contraloría General de la República (CGR) mediante denuncia introducida el 02 marzo 2.011. Igualmente se introdujo denuncia ante la Contraloria General de la FANB (CGFANB) el 22 marzo 2.011. A este respecto la CGFANB efectuó auditoría al IORFAN y produjo el Informe Definitivo de Auditoría DCF-AF-014-2.011 del 20 ABRIL 2.012 donde se ratifican todas las denuncias formuladas y se hallan nuevas irregularidades. Este informe se halla disponible en el IORFAN.
 
No obstante las recomendaciones e instrucciones dadas por la CGFANB se continuó con la práctica de las irregularidades administrativas llegando a la gravedad que se expone a continuación. Copiaré a continuación dos conceptos tomados del Diccionario de la Lengua Española (DRAE) ya que son términos que posiblemente los use más de una vez.
 


fraude.
(Del lat. fraus, fraudis).
 
1. m. Acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete.
2. m. Acto tendente a eludir una disposición legal en perjuicio del Estado o de terceros
desfalcar.
(Del it. defalcare).
 
1. tr. Tomar para sí un caudal que se tenía bajo obligación de custodia

a.- A principios del mes de octubre pasado recibí una información que se elaboraría un cheque por Bs. 30.000 para cancelar honorarios profesionales a una abogada para una audiencia a efectuarse el día 5 octubre en un caso PENAL contra el anterior Presidente de la JD. Esta audiencia fue pospuesta y el cheque no fue elaborado.
 
b.- En la sesión Nº 14 de la JD, el anterior Presidente transfiere todas sus atribuciones establecidas en la Ley del IORFAN (LIORFAN) al nuevo Presidente exceptuando la firma de cheques, lo que transferiría una vez publicada la resolución en Gaceta Oficial. (Ver archivo adjunto llamado CHEQUE.Honorarios)
 
c.- El 02 nov 2012 recibí un correo donde se dice de la elaboración de un cheque del IORFAN por un monto superior a los Bs. 100.000 para cancelar honorarios profesionales a una abogada. Respondí al emisor del correo diciéndole que su comunicación era un chisme sin basamento alguno. (Ver archivo adjunto titulado omar perez).
 
No obstante considerar la información un chisme, posteriormente lo relacioné con la información recibida un mes antes y decidí averiguar, el 05 nov, en la oficina de Planificación y Presupuesto. Allí se me informó que efectivamente existía la orden de pago Nº 13.860 de fecha 30 oct 2012, por un monto de Bs. 123.200 (adjunta) cuyo beneficiario era una profesional del derecho, cuyo nombre omitiré y he borrado de los documentos por no ser parte de esta operación fraudulenta.
 
d.- Solicité una Sesión de JD asentada en el Acta Nº 17 (adjunta) en donde presenté la situación planteada. En esta sesión salió a relucir una carta oferta fechada el 11 oct 2012 (adjunta) de la abogada por la DEFENSA PRIVADA en un PROCESO PENAL contra el expresidente de la JD, en donde se especifican montos y conceptos por los cuales se cobra así como modalidades de pago. Esta carta fue recibida por el presidente en ejercicio y a pesar de ser dirigida a la JD nunca se hizo del conocimiento de sus integrantes.
 
e.- En esa misma fecha se elaboró la hoja de coordinación PRES. 0148/2012 (adjunta) en la que se ordena la elaboración de orden de pago y cheque por Bs. 123.200 para pagar honorarios profesionales. Esta comunicación es firmada en forma fraudulenta por el expresidente y refrendada por el entonces administrador.
 
f.- En fecha 30 oct 2012 se elaboró la Orden de Pago Nº 13.860 por un monto de Bs. 123.000 (adjunta), firmada fraudulentamente por el expresidente y por el administrador, a nombre de la abogada. Aquí se nota una incongruencia entre el nombre del beneficiario y su Cédula de Identidad ya que el número que aparece es del expresidente de la JD.
Dado que las acciones penales son de carácter exclusiva y estrictamente personal, estamos ante el hecho de tratar de tomar para beneficio propio (cancelar una deuda personal) un patrimonio que estaba bajo la custodia de quien comete la acción. Esto es un desfalco, felizmente frustrado.
 
Al analizar todo esta acción fraudulenta debemos establecer responsabilidades individuales, a saber:
 
1.- Del expresidente de la JD.
 
a.- Intentó e hizo todo el procedimiento de tomar un patrimonio del Instituto para su beneficio personal (saldar un compromiso). Para ello ordenó, sin tener atribución para ello, la elaboración fraudulenta de una Orden de Pago y luego firmó fraudulentamente la misma, colocando su Nº de C.I. en lugar de la del beneficiario.
 
2.- Del Administrador para ese momento.
 
a.- Aceptó y avaló con su firma la orden fraudulenta de elaborar Orden de Pago y cheque sin haber sido autorizado por la JD.
 
3.- Del Presidente de la JD.
 
a.- Recibió carta oferta de la abogada y no la presentó a la JD para su consideración.
b.- Siendo Presidente de la JD aceptó que un tercero ordenara fraudulentamente la elaboración de Orden de Pago y cheque contra un patrimonio bajo su custodia.
c.- Recibióla Orden de Pago el 30 oct 2912 y la envió al domicilio del expresidente para que la firmara de manera que la responsabilidad recayera sobre éste (declaración del Presidente en Sesión de JD). Demostración de irresponsabilidad total ya que es el Presidente y responsable, más aún por no haber registrado su firma luego de haberse publicado la resolución en Gaceta Oficial del 15 oct 2012.
Con esta operación se pretendía desfalcar Bs. 123.200 al IORFAN, fondos que se negaron a las Seccionales para cumplir sus compromisos navideños y brindar bienestar y alegría a sus afiliados que son quienes aportan estos recursos, descontados de sus exiguas pensiones.
Ante esta acción contraria a la ética y moral, depredadora de recursos bajo nuestra custodia, usando métodos y prácticas fraudulentas con el objeto de desfalcar al Instituto yo les pregunto, Ciudadanos Oficiales de la CEP, ¿Podrían Uds. Responder a las siguientes preguntas?:
 
1.- Quién acusa falsamente y denigra de quién? Yo que presento pruebas, que felizmente me proporcionó el mismo acusador, o él que me denuncia por mentiroso y calumniador?
2.- Es posible que este candidato pueda ser capaz de desmentir lo que dice la CGFANB y lo plasmado en los documentos adjuntos?
3.- Es posible que todos los responsables de esta maniobra fraudulenta sean los candidatos que pretenden regir los destinos del IORFAN?
4.- Si siendo candidatos son capaces de tamaña felonía, de qué no serán capaces en el supuesto de llegar a la JD?
5.- Será posible que Uds. permitan que con esta acción antiética, inmoral, inhumana contra sus compañeros, estos ciudadanos sean candidatos en las próximas elecciones? Cómo queda el reglamento, como dice el acusador? En letra muerta?
Esperando haber satisfechos vuestros requerimientos, les expreso mis sentimientos de alta estima, consideración y respeto. Por favor, cuídense mucho por que el IORFAN nis necesita a todos.
C.N. Adolfo Aéz Marcano
Candidato a Vocal Armada
Archivos adjuntos

Acta 14 y Acta 17 IORFAN

 Doc Omar Peres  
 
“Realmente soy un soñador práctico; mis sueños no son bagatelas en el aire. Lo que yo quiero es convertir mis sueños en realidad.”
Ghandi




1.- Comunicación enviada a la CEP.


De: Norman Rodríguez Arias <normanrodriguezarias@gmail.com>
Para: Jean Karam Jiménez <jlkaram2000@yahoo.es>; Darío Morillo Andrade <dariomorillo@gmail.com>
Enviado: Martes 27 de noviembre de 2012 20:21
Asunto: Proceso Electoral 2 dic. 2012

Caracas, 27 de noviembre del 2012
Distinguidos miembros de la Comisión Electoral Permanente

Tengo a honra dirigirme a esa Comisión, para exponer y denunciar la publicación de escritos por los ciudadanos Coronel Marcos Porras Andrade y CN. Adolfo Añez Marcano,, violando el Artículo 35, del Capítulo IV DE LA CAMPAÑA ELECTORAL.
 
ANEXO LAS PRUEBAS DE ESTA DENUNCIA, DONDE SE DENIGRA Y ACUSA AL CN. NORMAN RODRÍGUEZ ARIAS, SIN APORTAR PRUEBA ALGUNA Y DONDE SE MANIFIESTA DESCALIFICACIÓN DEL MISMO, CON PROPÓSITOS ELECTORALES, Y HABLAN SOBRE EL LEMA DE LA PROPAGANDA, SIRVA ESTO COMO PRUEBA LEGAL ANTE ESA COMISIÓN.
EL REGLAMENTO ELECTORAL DICE QUE LA CAMPAÑA ELECTORAL SE HARÁ DENTRO DE LOS TÉRMINOS DE RESPETO MUTUO, INTEGRIDAD, HONESTIDAD, SOBRE TODO EN LOS ASPECTOS ÉTICOS Y MORALES Y LA COMISIÓN ELECTORAL APLICARÁ LOS CORRECTIVOS A QUE HUBIESE LUGAR.EN EL TÍTULO V, (DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL, CAPÍTULO I, CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN,
ARTÍCULO 46 DICE: EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTENIDO DE ALGUNO DE LOS ARTÍCULOS 29, 30, 32, 33, 34 Y 35.DEL PRESENTE REGLAMENTO SERÁ CAUSAL DE DESCALIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES POR PARTE DE LA COMISIÓN ELECTORAL PERMANENTE.
 
PETITORIO.
EN VISTA DE LA FLAGRANTE VIOLACIÓN DEL REGLAMENTO ELECTORAL POR LOS CIUDADANOS CORONEL MARCOS PORRAS ANDRADE Y C.N. ADOLFO AÑEZ MARCANO, SOLICITO LA APLICACIÓN INMEDIATA DEL ARTÍCULO 46 DE DICHO REGLAMENTO, Y SEAN DESCALIFICADOS LOS OFICIALES MENCIONADOS PARA
PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES DEL IORFAN, EL PRÓXIMO 2 DE DICIEMBRE DE 2012. QUE SE PUBLIQUE DICHA DESCALIFICACIÓN Y LOS MOTIVOS DE ELLA. QUE SE ENVÍE AL MINISTERIO DE LA DEFENSA LA DECISIÓN TOMADA.
 
SEÑORES MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL, EN VISTA DE LA GRAVEDAD DE ESTA SITUACIÓN DONDE POR ASUNTOS ELECTORALES SE PROCEDA ILMENTE CONTRA OTRO CANDIDATO, ESPERO QUE EL REGLAMENTO ELECTORAL NO SEA LETRA MUERTA.
 
APELO A SU IMPARCIALIDAD Y MORAL PARA CUMPLIR CON SU OBLIGACIÓN, Y DAR EJEMPLO ANTE NUESTROS AFILIADOS Y AUTORIDADES DE IMPONER LA JUSTICIA QUE SE MEREZCA..
 
ATENTAMENTE
NORMAN RODRÍGUEZ ARIAS
CAPITÁN DE NAVÍO-CI 807.654



2.- Comunicación recibida de la CEP
De: Comisión Electoral Permanente <cep.iorfan@gmail.com>
Para: Adolfo Añez Marcano <adolfanez@yahoo.es>; Marcos Porras Andrade <mporrasandrade@gmail.com>
CC: Dario Morillo <dariomorillo@gmail.com>; Jean Karam Jiménez <jlkaram2000@yahoo.es>; Luis Palacios Hermoso <palaciostrue@hotmail.com>; Pedro Gil Hernández <pedrogilher@hotmail.com>; Norman Rodriguez Arias <normancapino@intercable.net.ve>
Enviado: Jueves 29 de noviembre de 2012 17:41
Asunto: Denuncia recibida y solicitud urgente de descargo


Con motivo de la denuncia recibida del candidato a vocal por la Armada, CN. Norman Rodríguez Arias, sobre la violación del contenido del Artículo N° 35 del Reglamento Electoral vigente, esta Comisión Electoral Permanente solicita, con caracter de urgencia, la presentación de un informe de descargo que aclare la situación planteada a raíz de la recepción de la denuncia y de los escritos presentados como pruebas por el CN. Rodríguez Arias.
Dada la cercanía del proceso de votación del próximo domingo 02 de diciembre de 2012, se informa que el Coordinador General de esta comisión, GB (EJ) Darío Morillo Andrade, estará presente en la sede principal del IORFAN durante la mañana del Viernes 30 de noviembre para recibir esos informes y entrevistarles al respecto, si ello fuese necesario.
Se incluye anexo la denuncia recibida a los fines de facilitar la acción solicitada. Igualmente, se informa que una copia de esta comunicación se está remitiendo para conocimiento del candidato denunciante.